Urgente y necesario

Un Proyecto de Ley para proteger los humedales

“¿Qué son los humedales y por qué necesitamos conservarlos? En esta oportunidad, no sólo se impulsó un debate amplio y necesario sobre la situación de los humedales en nuestro país. Por Asociación Ambiente Sur

  • 16/02/2021 • 09:00
El tratamiento por parte del Congreso Nacional del proyecto de ley para la protección de los humedales es fundamental para asegurar su conservación y beneficios ecosistémicos. (Foto R.N.U. La Lagunita, El Chaltén).
El tratamiento por parte del Congreso Nacional del proyecto de ley para la protección de los humedales es fundamental para asegurar su conservación y beneficios ecosistémicos. (Foto R.N.U. La Lagunita, El Chaltén).

"Se trata de ecosistemas particulares distinguibles porque sus suelos normalmente se inundan con frecuencia, niveles y permanencias variables. Esta característica, que en otras épocas (y aún hoy) se consideraba negativa, es la que explica, sin embargo, su enorme valor como fuente de agua y sus elevadas productividad y biodiversidad. Esto se traduce en una gran variedad de bienes y servicios para todos los que vivimos en o cerca de ellos. Mejoran la calidad del agua, regulan el clima local, reducen los efectos negativos de grandes crecidas y poseen una enorme variedad de plantas y animales que contribuyen a satisfacer las necesidades básicas (tangibles e intangibles) de muchos de nosotros”, señala Roberto Bó, miembro de la Fundación Humedales y coordinador del grupo de investigación de ecología de los humedales de la UBA.

Y agrega: “Resulta claro, entonces, que necesitamos conservar nuestros humedales, entendiendo a la ‘conservación’ en forma amplia. Esto implica preservarlos, restaurarlos y/o usarlos ‘sustentablemente’. (…) Necesitamos conservar el mayor número posible de sus componentes, es decir su ‘diversidad ecológica’, pero también su ‘integridad’, o sea las interacciones que condicionan su estructura y adecuado funcionamiento (que dependen, básicamente, de mantener su natural régimen hidrológico).” (1)

Bó alude aquí al debate público realizado en 2020 sobre un proyecto de ley nacional de protección de los humedales, tratado en la Cámara de Diputados de la Nación. Una ley que fue aprobada en el Senado en 2013 y 2016 pero que, al no ser tratada en la Cámara de Diputados, perdió "estado parlamentario", proceso que recomenzó el año pasado por tercera vez, pero iniciado en la Cámara Baja.

En esta oportunidad, no sólo se impulsó un debate amplio y necesario sobre la situación de los humedales en nuestro país, sino que se avanzó hasta la aprobación con dictamen de mayoría de un texto unificado de una Ley de presupuestos mínimos de protección ambiental para el uso racional y sostenible de los humedales en la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano. Dicho texto fue elaborado por diputad@s, científic@s especialistas en humedales del país y organizaciones socio-ambientales de escala nacional e internacional. Se elaboró un proyecto que propone no sólo una definición de humedales acorde sino una serie de instancias gubernamentales para lograr una gestión integral de los humedales. Esta Ley quedó pendiente y es urgente su tratamiento durante este año para que no vuelva a ocurrir que el proyecto sea desechado y no se asegure la preservación de los humedales.

Claudia Gotta, historiadora, educadora ambiental y secretaria de Pueblos Originarios de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), advierte sin embargo que ”tener una ley de por sí no garantiza que el avance sobre el humedal se detenga. Si no hay realmente voluntad política de terminar con ciertas complicidades y negociados con las grandes corporaciones, porque sabemos que hay intereses económicos ganaderos e inmobiliarios que avanzan, no vamos a salvar al humedal.  Si tenemos una ley, debemos de pelear la reglamentación y el cumplimiento. Hay que hacer un seguimiento y un monitoreo en los que la responsabilidad ciudadana tendrá un rol fundamental al exigir a los representantes políticos que cumplan”. (2)

 

Una Ley para proteger los humedales

¿Qué significa contar con una ley de presupuestos mínimos? Según lo establece la Ley General del Ambiente 25.675 en su artículo 6°, un presupuesto mínimo es “…toda norma que concede una tutela ambiental uniforme o común para todo el territorio nacional, y tiene por objeto imponer condiciones necesarias para asegurar la protección ambiental. En su contenido, debe prever las condiciones necesarias para garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener su capacidad de carga (3) y, en general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable”.

Los aspectos que contempla el actual proyecto para asegurar esta tutela ambiental común a todos los humedales del país comprende, en principio, la realización de un Inventario Nacional de Humedales, que contemple no sólo los aspectos técnicos sino que también articule los esfuerzos de las jurisdicciones provinciales, la comunidad científica y las organizaciones de la sociedad civil, tal como éstas lo han reclamado, respetando a las comunidades locales y a los pueblos asentados allí en tanto preserven el ecosistema.

Esto último es muy importante porque es la sociedad civil en sus diversos sectores y estamentos la que actúa comúnmente como garante de la preservación en el tiempo del ambiente que habita. Así es que en uno de sus enunciados el proyecto incluye el objetivo de “promover la participación activa, efectiva y equitativa de representantes del campo científico, académico y universitario, de las organizaciones de la sociedad, de las comunidades locales campesinas e indígenas y de las personas interesadas, en el diseño e implementación de las políticas públicas sobre humedales en el marco de lo establecido por la presente ley”.                                                                            

El Proyecto también contempla: La creación de un órgano federal que realice el seguimiento del inventario, de las condiciones de los humedales y asesore a la Autoridad de Aplicación en temas de planificación y uso de los mismos; un ordenamiento territorial; la creación del Fondo Nacional de Humedales; establece sanciones y multas en casos de violación de la ley y penas de prisión para aquellos que, en la forma que sea, dañen un humedal protegido legalmente. En forma complementaria, dispone que aquellos humedales afectados por incendios o degradados por cualquier motivo, no podrán cambiar la categoría de clasificación que se hubiere definido en el Inventario Nacional de Humedales, un aspecto fundamental para impedir su degradación intencional con fines especulativos, inmobiliarios, etc.

Los beneficios ecosistémicos que los humedales nos proveen ya han sido descritos en columnas anteriores pero en este caso queremos remarcar que su protección y conservación implica que los ciudadanos nos comprometamos en un seguimiento atento de estas cuestiones y actuemos ante cualquier eventual desidia de las autoridades o del avance del mercado sobre estos territorios de vida que son bienes comunes y públicos, que están en directa relación con la supervivencia de la vida humana y no humana.

                                                       

En el mapa se muestran los humedales argentinos reconocidos por la Convención Internacional sobre Humedales Ramsar, a la que Argentina está adherida.

 

La protección de los humedales locales

En Río Gallegos, una ordenanza municipal creó y protege un Sistema de Reservas Naturales Urbanas (S.R.N.U.), que incluye en casi su totalidad ecosistemas que son humedales. Además, desde hace más de 10 años, en distintas localidades de Santa Cruz se trabaja por la conservación de los humedales urbanos, para lo cual se conformó la Red de R.N.U. de Patagonia en 2009, una Red binacional de ONGs que trabajan con los humedales urbanos de ciudades argentinas y chilenas.

La Asociación Ambiente Sur apoya la sanción de una Ley nacional para conservación de los humedales, ya que creemos que significará un mayor reconocimiento y protección de los humedales y al rol fundamental que cumplen para la vida de las personas y la vida silvestre.

Asimismo, pensamos que la existencia de un marco normativo a nivel nacional que pueda poner aún más en valor los humedales urbanos contribuirá al mayor reconocimiento de las Reservas Naturales Urbanas como áreas protegidas a escala local, como ocurre en Chile que cuenta con una reciente Ley de humedales urbanos sancionada y reglamentada, lo que  aportaría sin duda a su conservación en el tiempo y a que no se avance en ellos con actividades depredatorias que los degraden.

  1. “Una ley... para conservar nuestros humedales”, Roberto Bó para la Agencia Télam. 07/09/2020.
  2. Entrevista a Claudia Gotta, por Arlen Buchara. 30/08/2020. www.elciudadanoweb.com
  3. El proyecto de ley define a la Capacidad de carga como la “capacidad de soporte y de asimilación del ambiente a acciones humanas tales como actividades productivas o de ocupación del territorio sin que ello implique un impacto en la integridad ecológica del mismo”.

 

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