Adopción ilegal de una beba

Todas las juezas destituidas

Esta semana se publicó en el Boletín Oficial la última destitución de las magistradas involucradas en una adopción irregular de una recién nacida. Se trata de Malena Totino, quien subrogó en varias oportunidades a Angélica Zari y María del Rosario Álvarez. La medida fue resuelta por el Tribunal de Enjuiciamiento.

  • 11/04/2021 • 11:30
Patricia y Angélica Zari, ex directora del Hospital y ex jueza de Caleta Olivia
Patricia y Angélica Zari, ex directora del Hospital y ex jueza de Caleta Olivia

La semana que pasó dio por cerrado uno de los capítulos más polémicos en la historia judicial de los últimos años en Santa Cruz. El pasado 8 de abril se publicó en el Boletín Oficial finalmente la destitución de Malena Totino en el Juzgado Civil de Caleta Olivia, teniendo en cuenta su participación en el caso de adopción irregular de una beba recién nacida. La medida fue resuelta por el Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por su presidente René Fernández, las Dra. Laura Hindie y Florencia Moreira. Con esta nueva resolución, quedaron todas las juezas destituidas de su cargo. Anteriormente, el Tribunal también había tomado la misma medida con María del Rosario Álvarez (quien fue Jueza de la Familia) y Angélica Zari (Jueza del Menor). De esta manera la totalidad de las involucradas en el caso de adopción irregular –utilizando sus status para poder acceder a ella– quedaron destituidas y el caso tuvo en este primer paso un cierre. El pasado viernes, fuentes judiciales confirmaron a TiempoSur que se encontraban esperando alguna apelación por parte de Totino, ya que estaba dentro de los plazos para hacerlo. Al momento de escribir esta nota, se desconoció si finalmente apelaron o no.

 

La resolución

La situación de Totino había quedado pendiente y no fue destituida junto a las dos primeras juezas debido a que había solicitado carpeta médica por una cuestión personal. Finalmente la destitución quedó a cargo del Tribunal de Enjuiciamiento, quienes rechazaron los argumentos de la defensa y resolvieron destituir a la magistrada de su cargo.

 

El fallo

1º) Rechazando los planteos defensivos que fueran tratados como cuestiones preliminares.

2º) Destituyendo a la Dra. Malena Karen Totino Soto del cargo de Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la localidad de Caleta Olivia (cfr. art. 13, inc. 2º, de la Ley Nº 28) e inhabilitándola para ocupar en adelante otro cargo judicial (cfr. art. 20 de la Ley Nº 28).-

Tampoco puede perderse de vista que con posterioridad, la Ministra de Desarrollo Social de la provincia de Santa Cruz requiere una recusación con causa por haber realizado una denuncia penal, y pese a ello, la magistrada dilató la formación del incidente de recusación y paralelamente recepcionó una audiencia.

En definitiva, “la Dra. Totino Soto encontrándose doblemente recusada (sin y con causa) no formó el incidente de

recusación y continuó actuando, y dictó las providencias de fs. 108, 114, 115, 116 y 121 de los autos jurisdiccionales, e incluso tomó la audiencia del 27/03/2019. Al mirar esta audiencia, vemos que la Dra. Totino Soto se condujo como la magistrada actuante, dando órdenes, evitando que los presentes se retiraran e incluso le sugiere al Dr. Monzón que peticione una cautelar” señalaron en el fallo, que puede encontrarse en un extenso texto publicado en el Boletín Oficial.

“La actitud reticente de la acusada me permiten concluir que la misma actuó denotando un absoluto desconocimiento del derecho, evidenciando una actitud de superioridad frente a la ley y el proceso, y por tanto se encuentra acreditada la causa” concluyeron.

 

El hecho

A principios de 2019 se conoció el caso en toda la provincia, que involucró a las magistradas e incluso a la directora del hospital. Según se pudo conocer y quedó registrado en los expedientes, la menor de edad nació el 22 de febrero de ese año. Su madre –una joven menor de edad- quien había alegado que no podía mantener a la criatura debido a su situación socio-económica. El parto ocurrió en el hospital zonal de Caleta Olivia y en ese momento el contacto entre la beba y la madre fue casi nulo. El nosocomio de la ciudad del Gorosito fue escenario perfecto para que se realizara esa maniobra irregular que salteó todos los procedimientos, ya que la directora del lugar era en ese momento Patricia Zari, hermana de Angélica Zari, quien era la Jueza del Menor. En un punto entre la gestación y el momento del parto, la menor de edad tomó contacto con Zari a fin de establecer su voluntad de darla en adopción. Su situación de vulnerabilidad era el detonante para que no pudiera hacerse cargo de la pequeña que llevaba en el vientre. Fue tras el nacimiento que se realizó la maniobra que no respetó ninguna norma administrativa, quedando asignada en guarda de la Dra. Angélica Zari. En esto jugaron un rol fundamental tanto la Directora del Hospital como María del Rosario Álvarez. Fue un detalle el que permitió que se levantaran sospechas e iniciaran el proceso de investigación, que derivó en la destitución de todas las magistradas: el hecho de no registrar ni dar aviso al área municipal del menor en Caleta Olivia.

En aquel entonces el Registro único de aspirantes a adoptar guardaba varias familias que se habían anotado con antelación, por lo que Zari tuvo que haber realizado los trámites con celeridad para estar entre los primeros. Allí entra en juego la Dra. Álvarez, quien hizo hincapié que el legajo de Zari debía estar entre las carpetas familiares en condiciones de adoptar. Fue este detalle el que hizo que desde el Registro Nacional empezaran las investigaciones debido a lo sospechoso del asunto.

 

Destitución de las juezas

En el escrito de 2019 se resolvió: Destituir “a la Dra. María del Rosario Álvarez del cargo de Jueza de Primera Instancia del Juzgado de Familia de la localidad de Caleta Olivia (cfr. artículo 13, inciso 2°, de la Ley N° 28)” y en segundo término: destituir “a la Dra. Angélica Popis Zari del cargo de Jueza de Primera Instancia del Menor de la localidad de Caleta Olivia (cfr. artículo 13, inciso 2°, de la Ley N° 28)”. Por su parte, se falló absolver “al Dr. Walter Martínez titular de la Defensoría Pública Oficial Nº 2 de la localidad de Caleta Olivia (cfr. artículo 13, inciso 2°, de la Ley N° 28)”.

Entre algunos de los puntos que consideró el Tribunal, se sostuvo que la Dra. Zari insistió en sus presentaciones que sus exigencias eran en pos del interés superior del niño, para desinstitucionalizar a la niña, y en pos del derecho a gozar de una familia dispuesta a cuidar de su persona en un marco de afecto, estímulo y contención.

Según quedó informado, la bebé finalmente quedó a resguardo de la familia del padre.