Santa Cruz

Suspensión de juicio a prueba

En la jornada del jueves, el Tribunal Oral Federal se reunió para llevar adelante la audiencia de suspensión de juicio a prueba, en la causa caratulada “Alvarado Soto, Lucas Maximiliano s/Inf. Ley 23737”.

  • 27/11/2021 • 08:00
El Dr. Reynaldi presidió el Tribunal Oral Federal.
El Dr. Reynaldi presidió el Tribunal Oral Federal.

Por Presidencia se ordena que se informe por Secretaría la asistencia de las partes, se informa que se encuentran mediante videoconferencia la Dra. Patricia Kloster en representación del Ministerio Público Fiscal y la Defensora Pública Oficial Coadyuvante, Dra. Marisa González, en representación del imputado Lucas Maximiliano Alvarado Soto, quien se encuentra en la Delegación Puerto San Julián de Prefectura Naval Argentina. La Presidencia procedió al interrogatorio de identificación del imputado que resultó ser Lucas Maximiliano Alvarado, nacido en la localidad de Puerto San Julián, quien trabaja de albañil, con ingresos de $40.000 al mes, y no le alcanza para vivir.

Abierta la audiencia, por Presidencia se procedió a hacer conocer al imputado las garantías que le asisten y lee el requerimiento de elevación de juicio, e invitado a manifestar lo que considere conveniente respecto al hecho, el imputado ratifica el escrito presentado por su Defensa en todos sus términos y ofrece una reparación del supuesto daño causado de $5.000 y la entrega mensual durante un año de una caja de leche a la institución que le indique. La Defensora manifiesta que la reparación sea fraccionado en 4 cuotas, por el plazo de un año. Concedida la palabra a la Fiscal, dice que no se opone que se conceda la Suspensión de Juicio a Prueba en relación al delito por el que fuera requerido, esto es tenencia simple de estupefacientes, y entendiendo adecuada la reparación y la sustitución de las tareas comunitarias con la entrega de leche, y teniendo en cuenta la situación del imputado que tiene cuatro hijos. El Presidente manifiesta que, sin acusación fiscal, el Tribunal no puede oponerse a la concesión del instituto, por no estar habilitado para enjuiciar al justiciable.

La Presidencia dispone:

I- Suspender a prueba por el término de un año, el trámite de la causa respecto de Lucas Maximiliano Alvarado Soto, calificando su conducta, al efecto indicado, como presunto autor del delito de “Tenencia simple de estupefacientes”

II- Intimar al procesado a que abone una reparación económica de $5.000, a pagar en cinco cuotas de $1300, las que deberá depositar en la Cuenta “Fondo Nacional de la Justicia”

III- Aceptar como tarea comunitaria que Lucas Maximiliano Alvarado Soto aporte mensualmente durante un año de una caja de leche que será entregada en el Hospital Distrital de Puerto San Julián; debiendo acreditar con la constancia respectiva ante estos Estrados.

IV- Disponer que Lucas Maximiliano Alvarado Soto, fije domicilio y realice presentaciones mensuales ante la Prefectura Naval Argentina, Delegación Putero San Julián. Asimismo, deberá realizar algún curso en albañilería o construcción en seco, que deberá acreditar. También deberá abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y estupefacientes de manera pública y cometer nuevos delitos, todo ello mientras dure el término de la suspensión con control del Juez de Ejecución competente.