Salió publicado en el boletín oficial

Se normaliza la Caja de Servicios Sociales

Se estableció que el 10 de diciembre será la elección en la obra social estatal que definirán a dos vocales, uno en representación de los afiliados Activos y otro de los Pasivos en el Directorio de la obra social.

  • 02/10/2021 • 11:00
La CSS fue intervenida en 1991.
La CSS fue intervenida en 1991.

A partir del Decreto Provincial N°1225 el Gobierno Provincial llamó a elecciones en la Caja de Servicios Sociales (CSS) de Santa Cruz. Las mismas serán el 10 de diciembre y se elegirá a dos vocales, uno en representación de los afiliados Activos y otro de los Pasivos en el Directorio de la obra social.

La noticia fue bien recibida por los empleados públicos y en particular por los sindicatos, los que hace años luchan por el fin de la intervención de la obra social de la provincia. Asimismo, uno de los primeros sectores en pronunciarse luego de publicarse este Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado 27 de septiembre fue Encuentro Ciudadano. En particular el diputado provincial Faty Oliva y la candidata a diputada nacional Gabriela Mestelán celebraron que se llame a elecciones luego de más de tres décadas de intervención: “Se está cumpliendo con la nueva Ley de Normalización, ni más ni menos”.

Vale recordar que en julio de 2019 la gobernadora Alicia Kirchner presentó en la Cámara de Diputados de Santa Cruz el proyecto de ley por la normalización de la Caja, iniciativa que le pone fin a una intervención que ya lleva 30 años. En el escrito se apuntó a la necesidad de regular la organización y el funcionamiento de la obra social estatal, así como también su patrimonio y cobertura médica.

En noviembre de ese mismo año, en el marco de una Sesión Ordinaria de la Legislatura santacruceña, y luego de diversas reuniones con las organizaciones gremiales que representan a los trabajadores, se aprobó con modificaciones el proyecto de Ley que reestructurará la Caja de Servicios Sociales. De esta manera, se acordó que la CSS “funcionará como entidad autárquica, con capacidad para actuar pública y privadamente”, siendo “obligatorio el ingreso a la misma para el personal en relación de dependencia de los tres poderes del Estado provincial”, a la vez que “tendrá vinculación funcional con el Poder Ejecutivo provincial por intermedio del Ministerio de Salud y Ambiente”.

La cobertura abarcará “todas las actividades prestacionales de índole médico asistencial, no prestacional en materia de funcionamiento y/o logística y acción social para agentes en actividad o pasividad”; además de aquellos que adhieran al régimen como voluntarios provenientes de sectores de la actividad privada”.

Para eso “proporcionará a los beneficiarios del sistema, las prestaciones médico-asistenciales y de acciones socio-económicas o crediticias que establezcan las leyes vigentes y el Directorio, mediante el dictado de las disposiciones correspondientes, según los regímenes y teniendo en miras los objetivos y fines expuestos en la presente Ley”.

El Directorio estará integrado por un Presidente y cuatro Vocales, de los cuales el Presidente y dos Vocales serán designados por el Poder Ejecutivo provincial. Los otros dos Vocales serán elegidos por los afiliados de la Caja y representarán a trabajadores titulares activos y titulares pasivos. Su duración en el mandato será de dos años, pudiendo ser reelectos.

Dentro de las modificaciones, en el marco de las prohibiciones establecidas para ser parte del Directorio, se incorporó que también se excluirán “aquellas personas que estén incluidas en el registro de deudores alimentarios, el Registro de Personas Violentas y/o el Registro de Abusadores Sexuales”. También que el Directorio deberá dictar su propio Reglamento.

Respecto de su financiamiento, se estableció “los recursos destinados a la Caja de Servicios Sociales por Ley y aportes del Poder Ejecutivo provincial, estarán excluidas de las cuentas del FUCO”, y contará con recursos que provengan de aportes de afiliados en actividad, afiliados en pasividad, entre otros.

Los beneficiarios serán el cónyuge o conviviente igual o mayor a dos años; los hijos e hijas hasta los 18 años de edad o hasta los 21 años inclusive si se encontraren cursando estudios de nivel secundario o hasta los 26 años inclusive, si se encontraren cursando estudios de nivel terciario y/o universitario; hijos e hijas incapacitados o discapacitados a cargo del beneficiario directo titular, cualquiera fuere su edad; el padre y/o la madre, mayor de 65 años y los incapacitados o discapacitados de cualquier edad a cargo del beneficiario directo titular; entre otros.

 

Qué decretó Alicia

Según se asentó en el Decreto que firmó la Gobernadora, en su Artículo 1º menciona: “Convócase a los afiliados directos titulares activos y a los afiliados titulares pasivos comprendidos en la Ley Nº 3677 a elegir un (1) Vocal por los titulares activos, y un (1) Vocal por los titulares pasivos e igual número de suplentes para la conformación del Directorio de la Caja de Servicios Sociales, de conformidad al régimen electoral aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 0252/20, para el día 10 de diciembre del corriente año”.