Amparo por suba de gas

Santa Cruz: Cuándo podrían refacturar 14 meses a favor de usuarios de Perito Moreno y Gregores

En agosto TiempoSur adelantó que la Cámara Federal confirmó el amparo por suba de gas a favor de usuarios de Perito Moreno y Gregores y que resolvió que Camuzzi debía refacturar 14 meses para ambas localidades de usuarios R-1. Ahora la misma Cámara rechazó el recurso extraordinario de la empresa.

  • 14/10/2020 • 08:07
Fallo de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia.
Fallo de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia.

El pasado 28 de agosto, TiempoSur informó que la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó el fallo que en junio había sido a favor de los amparistas de Perito Moreno y Gobernador Gregores en donde se declaró la nulidad de la Resolución N°14/2018 respecto de todos los usuarios residenciales del servicio de gas licuado categorizados como “R-1”, que derivó en subas de hasta el 1000%.

En ese fallo, la Cámara Federal señaló que el cuadro tarifario no es nulo, pero ordenó a Camuzzi refacturar todos los periodos desde septiembre de 2018, fecha que empieza a impactar la dura tarifa, hasta el 23 de diciembre de 2019.

Son 14 meses de refacturación para usuarios de ambas localidades R-1, que alcanzarían aproximadamente a mil usuarios y podría beneficiar a 10 mil personas entre las dos localidades, que tendrán un crédito a favor en donde el Dr. Juan Litvachkes fue el patrocinante de los amparistas.

Por ello, la empresa distribuidora presentó un recurso extraordinario que ayer fue rechazado por la misma Cámara. 

El crédito a favor de los usuarios de podría realizarse dentro de dos meses, según averiguó este medio, pese a que a la empresa le queda la vía del recurso de queja, aunque la sentencia ya es ejecutable.

LA AUDIENCIA

“Cabe recordar que la presente contienda versa sobre la declaración de nulidad de una Resolución cuyo impacto representó en la práctica aumentos del casi 300% por sobre el 300% que, como tope, fue dispuesto en la Resolución 212/16; que tales circunstancias fueron acreditadas documentalmente por los amparistas sin que las codemandadas pudieran contrarrestarlas y que la vía escogida para introducir el reclamo es a todas luces procedente, pues, como señalamos en el fallo atacado, la propia Corte así lo ha entendido en un precedente que, a diferencia de lo que sostienen los recurrentes, guarda estrecha e inescindible vinculación con el caso de marras”, señaló el fallo el que accedió TiempoSur.

Nuevamente los jueces marcaron uno de los argumentos más importantes que justificaron un fallo único en el país y que es único de este tipo: La no celebración de una audiencia pública previa a la suba de tarifas. “En este aspecto, esta Cámara señaló específicamente que la Resolución 14/18 fue adoptada sin celebrarse previamente una audiencia pública y que dicho vicio la fulmina de nulidad, por cuanto la eliminación de los topes en la facturación del precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), por influir en los montos de las facturas del servicio y ser éste un derecho protegido por la Constitución Nacional, exigía ser previamente acordado con participación ciudadana”, precisó la resolución judicial.

“Luego de dos años de idas y vueltas en la Justicia Federal, finalmente, nos dieron la razón a los vecinos de Gregores y Perito, ya que los tarifazos del macrismo fueron ilegales y ahora la empresa va a tener que devolver lo que injustamente cobró por un servicio básico”, señaló mediante un comunicado el diputado por el Pueblo de Gobernador Gregores, Claudio Barría.

“Siento al fin un poco de alivio por todo el daño que se les hizo a los vecinos de ambas localidades durante la época del macrismo”, ya que “cuando iniciamos esto, nos sentíamos solos y fue muy difícil, pero el tiempo nos dio la razón y hoy podemos decir ‘tarea cumplida, hicimos nuestro trabajo’”, añadió.