Obra social

Río Gallegos: por interrupción de cobertura de la CSS, piden que Interventor acuda al Concejo

Contratados y trabajadores del SIPEM y hasta cargos políticos no cuentan con cobertura. Desde la comisión de legislación General del HCD pidieron dos veces por nota al interventor, Fabio Vázquez, participar de un plenario de concejales.  

  • 13/07/2020 • 08:03
Caja de Servicios Sociales - Río Gallegos.
Caja de Servicios Sociales - Río Gallegos.

Mediante dos notas enviadas por parte de los ediles de la Comisión de Legislación General del Concejo Deliberante y que lleva la firma de su presidente, el edil oficialista Wilson Flores, se solicitó la presencia del interventor de la CSS, Fabio Vázquez, para poder realizar un plenario con los concejales y conocer los motivos por el cual trabajadores contratados del municipio, trabajadores del SIPEM y cargos políticos no cuentan con la cobertura de la obra social estatal.

Previamente, en 3° sesión ordinaria del 21 de mayo, se envió a comisiones un proyecto del mismo tenor de la edil Daniela D´amico (UCR).

“Se encuentra en el temario un proyecto solicitando a la Caja de Servicios Sociales que garantice la cobertura de la obra social a agentes municipales contratados. El Departamento Ejecutivo Municipal realiza la retención por la cobertura, pero cuando los trabajadores se acercan a la obra social les informan que se encuentran suspendidas las nuevas afiliaciones hasta tanto la Comuna cumpla con los aportes correspondientes. Es una obligación del empleador garantizar el acceso a la salud”, destacó la Concejal.

Es que a todos se les realiza el descuento pero no cuentan con la cobertura.

La situación fue más evidente con el cambio de autoridades municipales.

Durante la pandemia, estiman los ediles de la oposición, la Caja de Servicios Sociales no ha tenido mayores gastos debido a que disminuyeron las atenciones por consultorios.

Ayer el diputado provincial de MOVERÉ, Evaristo Ruiz, comunicó por las redes sociales esta situación, pero añadió que la no cobertura incluye a empleados de otros municipios que no realizan los aportes a la CSS, ya que la deuda de las comunas es millonaria con la obra social.

“He tomado conocimiento por parte de numerosos empleados municipales, de la Municipalidad de Río Gallegos y otras del interior provincial, que desde hace meses se encuentran privados de la cobertura médico asistencial de la C.S.S.

Según manifiestan, en las respectivas sedes de la C.S.S. se les ha informado que la cobertura se encuentra interrumpida por la falta de pago de los aportes y/o contribuciones patronales por parte de la Municipalidad empleadora, correspondientes a los empleados en cuestión. En todos los casos, los empleados perjudicados por la privación de la cobertura, han cumplido con el pago de los aportes personales a la C.S.S., los cuales se hacen efectivos por el sistema de descuento de planilla de haberes, practicados por la Municipalidad empleadora”, indicó Ruiz.

Sostuvo que “las autoridades municipales retienen de los haberes el aporte correspondiente a la C.S.S. a cargo del empleado, pero según informa la Caja dichos aporte no son transferidos o depositados a favor de la entidad médico asistencial oficial”.

Por ello, estimó que “desde el Gobierno Provincial se dio la orden de suspender o interrumpir la cobertura de prestaciones médico asistenciales a favor de los empleados municipales, cuyas Municipalidades empleadoras se encuentran en mora en el cumplimiento del pago de dichos aportes personales”.

“En consecuencia, resulta notoriamente injusto que los beneficiarios de la C.S.S. dependientes de las Municipalidades de Santa Cruz, que no cumplen con sus obligaciones legales, deban cargas con las consecuencias de dichos incumplimientos, conductas que se encuentran sancionadas por la ley, al tratarse de retención de fondos de terceros con un fin específico”.

El Diputado en tanto contó que presentó un pedido para que la CSS informe:

a) Motivos por los cuales se encuentra interrumpida o suspendida la cobertura médico asistencial a los empleados públicos municipales de la provincia de Santa Cruz;

b) Cantidad de empleados públicos municipales perjudicados por la privación de la cobertura médico asistencial de esa entidad previsional estatal, discriminándose por Municipalidad empleadora, situación de revista laboral y cargas familiares;

c) Sanciones o rechazos de afiliaciones de empleados municipales, de acuerdo a lo previsto por la Ley N° 3.677 artículo 13° incisos k) y m);

d) Estado de las gestiones en trámite a fin de la regularización de la cobertura médico asistencial a favor de todos aquellos empleados públicos municipales, actualmente privados de tal beneficio legal.