Municipio - Maxia

Problemas de interpretación

Para los representantes letrados de Maxia SRL, el Municipio hace una mala interpretación del Artículo 31 del contrato celebrado entre la anterior gestión municipal y la empresa, además manifestaron que “progresivamente va desdibujando la historia y la va acomodando a las propias necesidades según lo que les conviene”. Se terminó la transición y ambas partes pidieron al Juez que resuelva el fondo de la cuestión.

  • 11/09/2020 • 08:26

A inicio de semana, TiempoSur publicó la postura del Municipio en el marco de las negociaciones con la empresa prestataria del servicio de colectivos Maxia SRL, donde se expuso la intención de hacer uso del Artículo 31 del contrato celebrado entre la empresa y la gestión Giubetich, el cual especifica que ante el incumplimiento de la empresa el Municipio podría hacerse cargo, por un lapso de 90 días, de la administración del transporte, punto donde desde la representatividad letrada de la firma han expuesto que se hace una mala interpretación.

En principio, el Dr. Santiago Pinto, abogado de Maxia, hizo un repaso de la situación que se ha transitado desde que el expediente transita en el Juzgado de Marinkovic. “Estuvimos en cuatro audiencias a sugerencia del Marinkovic, tratando de ver la posibilidad de llegar a una solución transaccional, transitoria, a efecto de no dejar a la ciudad sin servicio. Viendo si podíamos encontrar una resolución sin que implique reconocimiento recíproco de nada”, dijo y continuó: “Por parte de la empresa siempre hemos tenido esa predisposición al diálogo”. En este tiempo, según afirma Pinto, se ha transitado entre ofertas y contra ofertas sin acuerdo alguno, siempre analizando el contexto sanitario actual en la capital. Por lo que explicó que, al estar el servicio declarado no esencial por el Gobierno provincial y el poco movimiento de pasajeros, la empresa ofreció un total de 5 unidades en alquiler, para un funcionamiento similar al de abril y mayo, mientras que el Municipio pretendía que fuesen 16. Posterior a una revisión y análisis fue nuevamente Maxia quien ofreció 7 unidades, esto por el tiempo que le faltaba para llevar el trámite de la licitación o tres meses “una propuesta al efecto de llegar a un acuerdo”, pero según también comentó el abogado “en la última audiencia la instrucción que recibió el Dr. Cabezas (Legal y Técnica) es la de no negociar y que querían llegar a la sentencia”.

Con respecto al planteo municipal que, haciendo uso del Artículo 31 del contrato, plantea la administración por 90 días de la empresa, Pinto aclaró: “La cláusula existe en el contrato, pero para que opere esa cláusula tienen que suceder un montón de requisitos que en este caso no están”, y amplió: “Para que se haga efectiva esa cláusula la prestación del servicio debe estar próximo al vencimiento del contrato, la empresa rescindió el contrato en marzo por lo que el plazo de 90 días está vencido y para que esa cláusula sea aplicada la Municipalidad no debería haber incurrido en ningún incumplimiento, que es lo que aquí sucedió. La recisión contractual se da por el incumplimiento de la Municipalidad hacia la empresa, por el no cumplimiento de los pagos en tiempo y forma, ni siquiera a precios originales. La Municipalidad sistemáticamente omitió esos puntos y llegamos a esta situación. Progresivamente van desdibujando la historia y la van acomodando a las propias necesidades según lo que les conviene”.

Pinto confirmó que “la oferta es rechazada, nos omitimos a todo lo planteado y también solicitamos que se resuelva el fondo de la cuestión”.

Ante el pedido de un oficial de Justicia por parte del Ejecutivo para realizar un inventario, el entrevistado dijo: “La propia Municipalidad promovió un expediente judicial, por lo cual ya no puede actuar un escribano, tiene que ser un oficial de Justicia, nosotros planteamos la nulidad de esa decisión y como fue ejecutada no pueden hacer un inventario a dos meses de hacerse cargo de la empresa”, y cerró: “Un oficial de Justicia debería haber intervenido desde un principio y dirigir la medida cautelar, así se hubiera hecho el inventario, pero ellos no fueron al predio, colocaron una faja administrativa que pueden cambiar cuando quieran y que no da seguridad. Nosotros hicimos la denuncia en el expediente por incumplimiento de los deberes de funcionario público porque fuimos y no había nadie que esté resguardando la propiedad de la empresa que fue confiscada”, cerró.