Caleta Olivia Policía cesanteado En el Boletín Oficial con fecha 4 de febrero de 2021 se dio a conocer el Decreto Nº1148, en el cual declaran la cesantía del Oficial Principal de Policía Héctor Daniel Aybar. 06/02/2021 • 08:30 Extracto del Boletín Oficial en el cual informan la cesantía. 1 + Enviar nota Imprimir COMPARTÍ ESTA NOTA La medida expulsiva surge como conclusión del sumario administrativo iniciado a raíz de los hechos acontecidos el día 21/12/2016 en un asado llevado a cabo en la División, vinculados al accionar que tuvo el Oficial Principal de Policía AYBAR con la Cabo Primero de Policía Y.P, lo cual fue advertido por dos compañeros quienes lograron escoltarla hasta su domicilio. Una vez iniciado el sumario por Disposición D.1-C Nº1565/17, se suspende provisoriamente a partir del día 11/11/17 al sumariado, y se dispuso recabar diversa documentaciones y testimoniales, las cuales fueron unísonas al relatar lo acontecido el día 21/12/16 y las actitudes maliciosas del Oficial de Policía Aybar quien actuó aprovechándose de la situación de su compañera. En esos momentos desde el Juzgado de Instrucción Nº1 de la localidad de Caleta Olivia, se dio inicio a los autos “JUZGADO S/ INSTRUCCIÓN (HDA) Expte. Nº66.661/17, informando que la causa se encontraba en etapa de investigación. Posteriormente procedió el Oficial Aybar da su debido descargo, dándose por enterado y notificado de todo lo actuado, reservándose su derecho a declarar. En tanto el instructor sumarial concluyó que el sumariado ha cometido una falta de carácter grave y corresponde una medida expulsiva, procediendo a notificar al encartado, quien en compañía de su letrado presenta su defensa por escrito planteando excepciones, dando su propia versión de los hechos y acusando de incongruencias a las testimoniales celebradas, concluyendo que existió una arbitrariedad de las acusación y sanción, requiriendo el sobreseimiento administrativo. Ante esto y luego de analizar los dichos del sumariado se procede a desestimar la nulidad planteada por el oficial principal de Policía y constituir el Consejo de Disciplina para que investiguen su conducta, lo cual le es debidamente notificado al mencionado. Posteriormente y luego de un exhaustivo análisis de pruebas incorporadas a la presente y la defensa ensayada por el Oficial Principal de Policía AYBAR el Consejo de Disciplina, concluyendo que el sumariado llevó una conducta grave, señalando que resulta lamentable que una persona tan preparada e instruida haya tenido que accionar así aprovechándose de la situación de vulnerabilidad y condición sexual de la subalterna, resultando propicio la cesantía. Finalmente, el Jefe de Policía de la Provincia encuadra la conducta del Oficial Provincial de Policía Aybar como falta de carácter grave agravado y propicia ante el Poder Ejecutivo el dictado del Instrumento legal pertinente decretando la cesantía del mencionado, quien no articula defensa alguna dentro de los plazos legales previstos para ellos. Que en virtud de lo precedentemente expuesto y dada la gravedad de la falta que se le enrosca al Oficial Principal de Policía Aybar, nada obsta para proceder en consecuencia. Por ello y atento a los Dictámenes SAJ-Nº 054/20 obrante a fojas 302/303 y vuelta, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y SLyTGOB-Nº 533/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 309/313; la Gobernadora de la provincia, decreta: Artículo 1º.- Declárase cesante a partir del día de la fecha, al Oficial Principal de Policía Héctor Daniel Aybar, en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su transgresión al Artículo 9º agravado por el Artículo 41º incisos 2), 5), 6), 7) y 8) del R.R.D.P., por aplicación de los Artículos 10º, 34º y 35º del Decreto Provincial Nº2091/72 en concordancia con los Artículos 47º Inciso d) y 62º Inciso a) de la Ley Nº746, con situación de revista en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Seguridad - SAF: 420 – Jefatura de Policía, Fuente de Financiamiento: 11 Tesoro Provincial, Categorías Programáticas: 1.0.0.0. IPP: 114 Sueldo Anual Complementario, del Ejercicio 2020. TAGS Caleta Olivia Gobierno Policia Santa Cruz Encuesta Verano 2021: ¿Pensás salir de vacaciones? Sí No No sé Ya votaron 0 usuarios. 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