Santa Cruz

Los millones de pesos que deberá destinar el Estado nacional para cumplir con un fallo

Es para abonar los retroactivos de los jubilados de YCRT que dejaron de percibir sus haberes en mayo del 2018 bajo la gestión de Omar Zeidán. Todos los amparos presentados ante la Justicia Federal -más de 300- fallaron a favor de los ex trabajadores.

  • 26/06/2020 • 08:02
Los jubilados no percibieron sus haberes durante casi dos años.
Los jubilados no percibieron sus haberes durante casi dos años.

Desde marzo de este año, los jubilados de YCRT comenzaron a percibir sus haberes luego de una decisión política del interventor Aníbal Fernández.

El sector no lo percibía desde mayo de 2018, bajo la gestión del ex interventor Omar Zeidán.

Este reclamo derivó en cientos de amparos colectivos presentados en el Juzgado Federal de Río Gallegos. La mayoría – cerca de 380- fueron patrocinados por el Dr. Ramiro Neil.

Pero la Justicia Federal falló a favor y también la Cámara de Apelación, luego de idas y vueltas legales ya que ante una resolución en primera instancia había una apelación de YCRT en la anterior gestión.

Pero ahora el letrado realiza las gestiones para que se abonen los retroactivos estipulados en los amparos. Esto implica la presentación de las liquidaciones en este periodo de ejecución de sentencia, lo que significa enviar los valores al Gobierno nacional para que asigne una partida presupuestaria para la deuda.

Dentro de los jubilados, había quienes accedieron al beneficio que perciben suma fija y los que lo hicieron con el 82% móvil.

Por ejemplo, el retroactivo del primer grupo deberían percibir 500 mil pesos aproximadamente.

Sin embargo, en el caso del segundo grupo la suma asciende a millones de pesos, con haberes que alcanzan los 300 mil pesos en algunos casos, que se actualizan según la tasa del Banco Central en la sentencia.

En total hay cerca de 1050 jubilados en YCRT.

PRESENTACIONES

Como informó TiempoSur durante estos dos años, las presentaciones ante la Justicia Federal comenzaron en 2018. Primero hubo una presentación individual ante el Juzgado Federal de Río Gallegos, cuyo fallo de finales de marzo de 2019 sentó un precedente importante para los amparistas jubilados.

Es que este fallo –“de pleno derecho”- resolvió que YCRT debía pagar retroactivos de 2017 y 2018 a un trabajador, a quien le adeudaban la Tarjeta BAE y reintegro de pasajes, los cuales formaban parte remunerativa del salario. Por ende, significó que eran derechos adquiridos por los activos y pasivos.

En los amparos presentados, primero se intimó a la estatal para que explique los motivos del no pago. En el expediente, ANSES aclaró que envió los fondos a YCRT.

En diciembre de 2018, el Defensor Público Oficial Coadyuvante del Ministerio Público de la Defensa que actúa ante el Juzgado Federal de la Primera Instancia de Río Gallegos, Ricardo Gastón Morillo, ya había intimado a YCRT a pagar a un jubilado este complemento jubilatorio.

En las presentaciones, a modo de casos testigo, se expuso el CCT del sector, el cual establece -entre varios puntos- que “todo trabajador del Yacimiento Carbonífero de Río Turbio que se acoja al beneficio jubilatorio a partir de la firma del presente convenio, percibirá mensualmente un importe dinerario con carácter de complemento jubilatorio un ingreso mensual equivalente al 82% del haber mensual en actividad, ajustándose en coincidencia con las remuneraciones del personal en actividad, como se expresa en el Decreto 1474/2007 del Poder Ejecutivo Nacional”.

Además se indicó que se ratificaron el acta acuerdo y acta complementaria del 5 de julio de 2007, actas del 17 y 19 de octubre de 2007 y mayo de 2009, las que fueron “suscriptas por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, entre Yacimiento Carbonífero Río Turbio y la Asociación de Personal Superior, profesionales y técnicos de YCF”. Es decir, éstos son los acuerdos que ratifican legalmente lo que debían percibir los jubilados.