Trabajo

Las personas vacunadas podrán ser convocadas para trabajo presencial

Lo establece una Resolución Conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

  • 09/04/2021 • 08:40

La suspensión del trabajo presencial para todas aquellas personas que al menos hayan recibido una dosis de la vacuna contra el Covid-19 llega a su fin, siempre y cuando así lo decidieran los empleadoras o empleadores, según la Resolución Conjunta 4/2021 de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicada este viernes en el Boletín Oficial con las firmas de Carla Vizzotti y Claudio Moroni.

En el artículo primero de la Resolución se establece que "los empleadores y las empleadoras podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores y las trabajadoras, incluidos los dispensados y dispensadas de la misma por encontrarse comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 1° de la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 207/2020 y sus modificatorias, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación".

De esta manera, todos aquellos trabajadores, los de riesgo y el resto, podrían ser convocados a prestar funciones de manera presencial.

Si bien esta Resolución Conjunta comienza a regir a partir de hoy, se hizo teniendo en cuenta el plan de vacunación, que se calcula tendrá inoculada a gran parte de la población en el segundo semestre del año.

Lo mismo sucede con los trabajadores de la salud de riesgo, quienes habían sido liberados pero ahora podrán volver a ser convocados.

En todos los casos se deberá presentar la constancia de vacunación y una declaración jurada explicando los motivos en el caso de no haber accedido a la vacuna.

"Los trabajadores y las trabajadoras comprendidos en los artículos 1° y 2° de la presente medida que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras", ase aclara en el Boletín Oficial.

Fuente Minuto Uno.