Efemérides

Día Mundial de los Derechos de los Consumidores

La celebración, que se realiza cada 15 de marzo, fue instituida por la ONU en 1983 para conmemorar el discurso que pronunció el presidente John F. Keneddy el mismo día pero en 1962 para reconocer al consumidor como un elemento fundamental dentro del proceso productivo.

  • 15/03/2022 • 08:15
La mejor forma de celebrar esta fecha es teniendo una actitud crítica hacia los servicios que se reciben y los bienes que se decide comprar.
La mejor forma de celebrar esta fecha es teniendo una actitud crítica hacia los servicios que se reciben y los bienes que se decide comprar.

En el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores recordamos que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Constitución Nacional y en el artículo 46 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todos los consumidores y usuarios tenemos derecho a la protección de nuestra salud, seguridad e intereses económicos; a estar informados de manera transparente, adecuada, veraz y oportuna; a la libertad de elección; a recibir un trato respetuoso, equitativo y digno; a servicios públicos eficientes y de calidad y al acceso de bienes y servicios básicos para el desarrollo de una vida digna.

En esa oportunidad, a raíz del trabajo de la Organización Internacional de Consumidores y de otras organizaciones similares, se establecieron ocho derechos básicos, que todos debemos conocer y hacer respetar.

- Derecho a satisfacer las necesidades básicas: Tener acceso a bienes y servicios esenciales, alimentos adecuados, ropa, vivienda, atención de salud, educación, servicios públicos, agua y saneamiento.

- Derecho a la seguridad de productos y servicios: Ser protegido/a contra productos, procesos de producción y servicios peligrosos para la salud y/o la vida.

- Derecho a ser informado/a: Recibir datos e información para hacer una compra (elección) adecuada, y ser protegido/a contra el etiquetado deshonesto o incompleto.

- Derecho a elegir: Poder seleccionar de una gama de productos y servicios, ofrecidos a precios competitivos con la garantía de calidad satisfactoria.

- Derecho a ser escuchado/a: Tener los intereses de los consumidores representados en el quehacer y la ejecución de políticas de gobierno y en la producción de bienes y servicios.

- Derecho a ser compensado/a: Recibir un trato justo por demandas apropiadas, incluyendo compensaciones por bienes defectuosos o servicios insatisfactorios.

- Derecho a la educación de los consumidores: Adquirir conocimientos y habilidades necesarias para decidir opciones informadas y confiables sobre bienes y servicios, y, asimismo, ser informado/a sobre los derechos básicos y la forma adecuada de actuar.

- Derecho a un ambiente saludable: Vivir y trabajar en un ambiente que no amenace el bienestar presente y de las futuras generaciones.

 

Defensa en Santa Cruz

En Santa Cruz está la oficina de Defensa al Consumidor. Como dependencia del Ministerio de Comercio, tiene la función de defender los derechos de los usuarios en el marco de la Ley Nacional 24240 y la Ley Provincial 2465. Por lo cual, analiza los reclamos y denuncias recibidos por consumidores insatisfechos, admitiéndolas o desestimándolas según cada caso.

Delega la tarea en el personal administrativo del área pertinente y se guían por el procedimiento de la Ley de Defensa del Consumidor.

De acuerdo a lo dispuesto por la autoridad del área, realizan actas de conciliación y/o acuerdos de partes, confeccionando la correspondiente homologación. Y en cuanto a las actuaciones sumariales por infracción a la ley, son activos colaboradores del Asesor Letrado.

 

Derechos primordiales

- A la información cierta, clara y detallada sobre las características esenciales de los bienes y servicios que adquiere, y las condiciones de su comercialización.

- A la utilización de productos y servicios que no presenten peligro alguno para su salud o integridad física.

- Al trato digno para no ser víctimas de conductas que los coloquen en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

- A la educación en consumo para saber cuándo actuar y cómo para defender sus derechos y compartir también sus responsabilidades.

 

Responsabilidades esenciales

- Comprar sus productos y contratar servicios en comercios habilitados.

- Evitar el consumo de bienes y servicios de dudosa procedencia.

- Pedir y conservar el comprobante de la compra o contrato.

- Buscar información sobre sus derechos como consumidor.

- Reclamar cuando considere vulnerados sus derechos.