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Coronavirus: la oposición pedirá a Grasso que Río Gallegos adhiera a la Emergencia Sanitaria

Será en la sesión de mañana, que hasta ahora no se suspendió. Entre las diversas medidas, establece la creación de un Comité Operativo de Emergencia local, integrado por el Intendente, concejales de la mayoría y minoría, Juez de Faltas y Salud Pública. Ayer se confirmó el primer caso positivo en Santa Cruz.

  • 18/03/2020 • 08:23
La sesión se realizará con medidas preventivas, como por ejemplo, el mínimo personal posible.
La sesión se realizará con medidas preventivas, como por ejemplo, el mínimo personal posible.

Por medio de un proyecto de ordenanza, los ediles de la oposición de Río Gallegos le pedirán al Ejecutivo municipal, que Río Gallegos adhiera al Decreto de Emergencia Sanitaria que fue confirmado ayer por la legislatura provincial.

Ayer, en Santa Cruz, según información oficial, se confirmó el primer caso positivo de Coronavirus en El Calafate.

“Queremos que el Municipio adhiera al Decreto N°273/2020 de Emergencia Sanitaria que se aprobó en la legislatura y por 180 días, ya que se invitó a adherir a los municipios”, dijo el edil Pedro Muñoz (ARI-CC).

También remarcó que el Comité Operativo de Emergencia local que establece crearse, debe incluir a los concejales de la minoría. “Se hace necesario que el Concejo Deliberante tenga participación concreta, tanto mayoría como minoría, como Desarrollo Humano, Salud y hasta el Juez de Faltas que tiene que ver con el mecanismo normativo”, añadió.

En tanto, hasta ayer la sesión del jueves no estaba suspendida, pero sí se  suspendieron las reuniones de comisiones.

“La sesión deberá realizarse con el mínimo personal posible a efectos de  prevención”, indicó.

 

ARGUMENTOS

Entre los argumentos, el proyecto señala  que “con fecha 12 de marzo del cte. año, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N°260/2020 por el cual se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año. En el mismo sentido, el día 13 de marzo del presente, mediante Decreto N°273/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, se declara el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir del dictado del mismo”.

Destaca que “en el artículo 13° del Decreto citado precedentemente, ordena la creación de un Comité Operativo de Emergencia Provincial, estableciendo asimismo que “los municipios y comisiones de fomento deberán conformar comités operativos de emergencia locales”, y remarca que “en consecuencia y por todo lo expuesto, se hace necesario adherir al Decreto Provincial N°273/2020 que declara el Estado de Emergencia Sanitaria e intensificar las campañas para la prevención de la pandemia causada por el CORONAVIRUS COVID-19, con el objeto de llevar a nuestra comunidad toda la información necesaria para evitar o disminuir los riesgos de contagio”.

Advierte que es “fundamental e imprescindible trabajar en conjunto con las autoridades nacionales y provinciales, coordinando todos los esfuerzos para lograr el objetivo primordial de salvaguardar la salud y la vida de nuestra población, ante esta situación de emergencia sanitaria mundial”, y que “ante esta crisis de salud a nivel mundial debemos estar todos juntos, ser responsables y comprometernos para hacer con serenidad las cosas que hay que hacer y proteger a los ciudadanos”.

 

EL PROYECTO

El proyecto establece:

Artículo 1°.- ADHÍERESE al Decreto N°273/2020 del Poder Ejecutivo Provincial que declara el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir del dictado del mismo.

Artículo 2°.- CRÉASE de conformidad con lo establecido en el artículo 13° del Decreto N°273/2020, un Comité Operativo de Emergencia local, el cual será integrado por el Sr. Intendente Municipal, un representante por la mayoría y un representante por la minoría política del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Juez de Faltas Municipal, la Secretaria de Desarrollo Humano, el Subsecretario de Salud Pública del Municipio y la Secretaria de Coordinación Ejecutiva.

 

Artículo 3°.- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal y a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a establecer modalidades que permitan la flexibilización de horarios laborales, trabajo a domicilio y en caso de corresponder, la suspensión de las actividades. Asimismo se podrá disponer el cierre de museos, centros culturales y demás espacios artísticos recreativos, como asimismo la limitación, restricción o prohibición de actividades comerciales y realización de eventos sociales que impliquen la concurrencia de un número elevado de personas, mientras se encuentre vigente la emergencia.

Artículo 4°.- DISPONER el otorgamiento de una licencia excepcional con goce de haberes a todas aquellas personas que presten servicios en el Departamento Ejecutivo o en el Honorable Concejo Deliberante, que hayan ingresado al país habiendo permanecido en países o zonas comprometidas por la pandemia a partir del dictado de la presente medida, para que permanezcan en sus hogares por catorce (14) días corridos, en un todo de acuerdo a las recomendaciones que realice el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia.