Cámara Oral Federal

Condenan a un hombre a prisión por transporte de estupefacientes

Se trata de Gerónimo Jesús Ariel González, a quien, en el año 2017, se le secuestró marihuana, durante un control que realizaba la DDI en la localidad de Perito Moreno. El imputado aceptó un juicio abreviado y en la sentencia se dictó una condena de cuatro años de cumplimiento efectivo.  

  • 29/07/2020 • 08:14
Droga secuestrada por el personal de la DDI de Perito Moreno.
Droga secuestrada por el personal de la DDI de Perito Moreno.

Ayer se reunió el Tribunal Oral Federal para dictar sentencia contra Gerónimo Jesús Ariel González, argentino, quien se encuentra residiendo en la localidad de Paraná, provincia Entre Ríos y es asistido por la Defensora Pública Oficial Dra. Ana Pompo, en tanto que la vindicta pública se encuentra representada por la Sra. Fiscal General Subrogante Dra. Patricia Kloster.

Según se pudo conocer por la elevación a juicio llega atribuyéndole a González que el 13 de diciembre de 2017, cuando el personal de la División de Investigaciones con asiento en la localidad de Perito Moreno, realizó un control de vehículos y de carga en la Subcomisaria Linares, pasados unos minutos de las 23:30 de la fecha indicada, que se ordena detener su marcha a un vehículo marca Volkswagen Gol Trend de color rojo, mediante señalización visual y con linternas.

Advertido el conductor de la presencia de personal policial de DDI, arroja a través la ventana del acompañante un bulto, situación que lo lleva a perder el control del rodado, impactando y llevándose por delante los conos existentes en la cinta asfáltica, para luego frenar en la banquina de la ruta, haciendo descender al único ocupante, un hombre mayor de edad.

Ya con el hombre abajo del rodado, los policías le realizaron un palpado preventivo, mientras que otros junto al can de narcóticos fueron en busca del paquete que había arrojado.

Al saber que se trataba de estupefacientes, el personal le realizó una requisa urgente sobre el conductor, de 25 años, con domicilio en la localidad de Los Antiguos. Además se procedió al secuestro del paquete, al cual al ser examinado se constató que contenía sustancia herbácea color verde amarronada compacta.

Dicha sustancia fue sometida al correspondiente test orientativo, el cual arrojó resultado positivo para Cannabis Sativa, es decir marihuana, con un pesaje de casi un kilo.

Cabe señalar, que los policías también realizaron una requisa urgente en el vehículo, y conforme directivas de magistrado interviniente, el conductor quedó detenido en carácter de incomunicado a disposición del Juzgado Federal de Caleta Olivia.

La Fiscalía de Instrucción entendió que la conducta examinada encuadraba en el delito “Transporte de estupefacientes”, debiendo responder González en calidad de autor penalmente responsable. Las partes presentaron propuesta de juicio abreviado calificando los hechos atribuidos al imputado como “Transporte de estupefacientes”, en calidad de autor penalmente responsable. Asimismo, la Fiscalía solicitó una pena de 4 años de prisión de efectivo cumplimiento. Acotó que el cumplimiento de la pena privativa de la libertad podía ser efectuada en prisión domiciliaria con sustento en la pandemia.

 

Audiencia por videoconferencia

Presentada la propuesta de juicio abreviado, el Tribunal fijó la audiencia de visu, la cual se realizó por videoconferencia en razón de la pandemia por COVID-19, fue explicado al encartado Gerónimo Jesús Ariel González los alcances del instituto del juicio abreviado, luego fue interrogado si ratificaba, en particular si reconocía la existencia y participación en el hecho atribuido, si consentía la calificación legal que se le asignaba y la pena propuesta por la Fiscalía.

El enjuiciado expresó haber comprendido la modalidad de juicio abreviado, reconoció la existencia del hecho imputado, admitió su responsabilidad en la comisión del mismo, y prestó su conformidad respecto de la calificación legal, a la pena requerida y la modalidad de cumplimiento (prisión domiciliaria) que el representante de la vindicta pública formuló al proponer el trámite.

Por todo lo expuesto, luego de valoradas las pruebas recibidas en la instrucción, la propuesta formulada por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa del imputado; la admisión de la existencia del hecho y responsabilidad efectuada por el procesado, así como su conformidad respecto del quantum punitivo, de conformidad con las disposiciones legales citadas, este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Santa Cruz

 

Falla:

1- Declarar admisible la propuesta de juicio abreviado traída a consideración del Tribunal.

2- Condenar a Gerónimo Jesús Ariel González, a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar autor penalmente responsable del delito Transporte de estupefacientes.

3- Ordenar que la ejecución de la pena

privativa de la libertad de Gerónimo Jesús Ariel González se haga efectiva en la modalidad de prisión domiciliaria, en

tanto el interno observe buena conducta. La medida deberá ser cumplida en el domicilio sito en Barrio Paraná V, Tira 18, Casa N° 22 de la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, domicilio del que no podrá ausentarse salvo legítima causa de justificación debiendo poner en conocimiento de dicha circunstancia a este Tribunal, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio y ordenarse su inmediata detención.

4- Solicitar al Director del Programa de

Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; que

adopte las medidas necesarias a efectos de disponer respecto de Gerónimo Jesús Ariel González el sistema de vigilancia electrónica. Debiendo librarse los oficios y formularios de rigor por Secretaria.

5- Disponer que la Agrupación V de Gendarmería Nacional Argentina proceda a efectuar controles sorpresivos y periódicos respecto al cumplimiento del arresto domiciliario de Gerónimo Jesús Ariel González, adecuando ello a la

situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige hoy en nuestro país, hasta tanto se efectivice la implementación del sistema de vigilancia electrónica.

6- Hágase saber a Gerónimo Jesús Ariel González que podrán modificarse las condiciones de supervisión y debido control de la medida, ante el eventual cese de la medida sanitaria, o futuros lineamientos del Poder Ejecutivo Nacional.

7- Decomisar el dinero, todos los bienes e instrumentos empleados para la comisión del delito y la destrucción del tóxico previa obtención de muestras en cantidad suficiente para futuras periciales.