Al sector comercial

Concejal propone la eximición de los impuestos municipales

El edil de la UCR Profesor Leonardo Roquel presentará un proyecto de Ordenanza a través del cual elevará formalmente esta propuesta, fundamentada esencialmente en la prioridad de considerar que todos los comercios que no son considerados de servicios esenciales se vieron obligados a cerrar sus puertas, siendo indefectiblemente afectados por la nulidad absoluta en sus ingresos económicos.

  • 21/04/2020 • 16:23
El edil de la UCR Profesor Leonardo Roquel.
El edil de la UCR Profesor Leonardo Roquel.

Respecto a la iniciativa, el concejal Roquel expresó que “en este contexto de crisis sanitaria, es fundamental que el Estado Nacional, Provincial y Municipal implementen medidas inmediatas para paliar el efecto negativo que puede generar esta crisis a los sectores cuyos rubros no son considerados esenciales. Es necesario contar con un respaldo del Gobierno - subrayó - para así no sufrir, luego de esta situación de aislamiento social y obligatorio, el cierre masivo de locales y en consecuencia despidos de personal en nuestra localidad”.

El Proyecto de Ordenanza en cuestión establece las siguientes medidas, informó el Edil: “Eximir del 100 % de los impuestos Patente Automotor, Inmobiliario Urbano y Tasa de Recolección y Tratamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública del año 2020; a todos aquellos titulares de Habilitación Comercial de la localidad de Río Gallegos cuyos locales no han sido contemplados como servicio esencial de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia  297/20 Articulo 6  prorrogado por Decretos N° 325/20 y 355/20, del Poder Ejecutivo Nacional”.

Además, continuó Roquel: “Establece una reducción del (50%) cincuenta por ciento de los impuestos Patente Automotor, Inmobiliario Urbano y Tasa de Recolección y Tratamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública del año 2020; a todos aquellos titulares de Habilitación Comercial que les permitieron retomar sus actividades mediante Decisión Administrativa N° 450 / 2020, Artículo 1°, dictada por el Jefe de Gabinete de Ministros de la República Argentina con fecha 3 de abril del presente año”.

 También destacó que : “Establece una reducción del 30% de los impuestos Patente Automotor, Inmobiliario Urbano y Tasa de Recolección y Tratamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública del año 2020; a aquellos titulares de pequeños comercios habilitados  en la localidad de Río Gallegos, que han mantenido sus puertas abiertas por estar contemplados como servicio esencial de  acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20 Articulo 6  prorrogado por Decretos N° 325/20 y 355/20, del Poder Ejecutivo Nacional,  y cuyas facturaciones de los meses marzo y abril fueran inferiores a la facturación del mes de febrero de 2020”.

Finalmente, precisó el Profesor Roquel:“Quedan exceptuados de la exención del Impuesto Inmobiliario Urbano que establece el articulo 1° y el de reducción del Impuesto Inmobiliario Urbano que establecen los artículos 2° y 3° de la presente Ordenanza, aquellos titulares de Habilitación Comercial que se encuentren alquilando”.