Apuntes ciudadanos

Cartas Orgánicas y la descentralización

“La asociación de numerosas familias que se funda en la necesidad de prestarse servicios recíprocos y permanentes, es lo que da lugar a la aldea”. (2) Aristóteles (384 a.C.-322 a.C.)

  • 23/03/2021 • 06:00
La Constitución de Neuquén adopta para su gobierno la descentralización de los Poderes y reconoce las más amplias facultades a los municipios.
La Constitución de Neuquén adopta para su gobierno la descentralización de los Poderes y reconoce las más amplias facultades a los municipios.

Por Alejandro Rojo Vivot (1)

En Argentina, las respectivas autonomías jurisdiccionales públicas integran un rico y diverso entramado institucional. Esta cuestión es un buen ejemplo de los valores propios del federalismo con la participación activa de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como cada uno de los parajes, pueblos y ciudades que conforman el país.

Muy particularmente, las autonomías locales contribuyen en mucho en los procesos de los involucramientos ciudadanos.

Los vecinos inteligentemente activos aportan al accionar de los son elegidos electoralmente.

 

GOBIERNOS EFICACES

Por caso, la Constitución neuquina prioriza: La Provincia adopta para su gobierno el principio de la descentralización de los Poderes (3) y reconoce las más amplias facultades a los municipios, en forma tal que sean estos quienes ejerzan la mayor suma de funciones del gobierno autónomo en cada jurisdicción, equivalente a ponerlo en manos de los respectivos vecindarios. (4) Lo que exceda la órbita local corresponderá a las autoridades provinciales, las que decidirán también cuando las obras o medidas a resolver involucren a varias comunas”. (5)

Y, “los municipios son autónomos en el ejercicio de sus atribuciones y sus resoluciones -dentro de la esfera de sus facultades- no pueden ser revocadas por otra autoridad”. (6)

En algunas circunstancias, el Gobierno provincial queda habilitado para intervenir activamente como, por ejemplo, “Puede también actuar ante la administración de los municipios que lo requieran por no tener Defensor del Pueblo”. (7)

Al finalizar el texto analizado ordena que: “Las autoridades municipales disponen lo necesario para que sus miembros y funcionarios juren esta Constitución”, (8) indicando claramente el encuadre de las autonomías.

Una cuestión relevante es el detalle de las competencias propias de los poderes públicos de la Provincia, las atinentes a las localidades y las concurrentes.

 

PARA TENER EN CUENTA

Las redacciones genéricas, casi siempre casi nada dicen y, por ejemplo, en los casos señalados, poco determinan sobre las competencias:

-“La Provincia y los Municipios (9) garantizan a los jóvenes la igualdad real (10) de oportunidades y de trato, y el goce de sus derechos a través de acciones positivas que faciliten su inserción política y social”. (11)

-“El Estado (12) garantiza a las personas adultas mayores la igualdad de oportunidades y trato y el pleno goce de sus derechos”. (13)

De la misma manera, los principios y las políticas de descentralización en cada ciudad han de estar planteados con precisión y no como meras aspiraciones de buenos deseos.

Cabe recordar que, parte de las dificultades de la Revolución Francesa por desarrollarse efectivamente en todo el país, incluyendo la época del terror, fue su claro cometido de concentración política como el de los borbones que habían destronado y aniquilado, mientras un tiempo antes los estadounidenses habían encontrado en el federalismo una forma de vida y gobierno, aunque también se encontraron con fuertes pujas desde ambos sentidos. (14)

 

LO GENERAL Y LO PARTICULAR

Las actividades descentralizadas, por ejemplo, contribuyen a valorar la integración territorial en vez de mantener o acrecentar relativos y contraproducentes aislamientos zonales.

Posiblemente será más efectiva una reunión entre vecinos sobre aspectos ambientales de cercanía que, cuando corresponda, al integrar la visión general.

Por caso, ¿qué hacer con las consecuencias del accionar de los perros sueltos con responsables o abandonados por irresponsables que desparraman la basura domiciliaria, depositada inadecuadamente a la espera de su retiro?

Incidir barrialmente, cuadra por cuadra, vivienda por vivienda.

Otro ejemplo: “Vecinos autoconvocados del barrio Norte y Empleados de Comercio de esta ciudad realizaron un corte de ruta en reclamo de información sobre la obra de planta elevadora de líquidos cloacales que se construye en el lugar.

La protesta se llevó a cabo durante el mediodía de este lunes con quema de cubiertas y asamblea pública.

Protesta

?Sin consulta vecinal no hay planta cloacal? aseguraron los vecinos que se sumaron a la protesta realizada sobre la ex ruta 3 (Viedma) (…)

Según expresaron, la obra comenzó a realizarse sin previa consulta y en un sector donde antes había un potrero donde jugaban los chicos del lugar. (…)

?No hay información de la planta y las consecuencias que podría traer en un futuro. Dicen que supuestamente es vuelco cero, pero dudamos porque está a sólo 200 metros del río Negro?.

Los vecinos piden explicaciones sobre el funcionamiento y si los olores afectarán a quienes habitan en los alrededores, como ocurre en otros sectores de la capital provincial”. (15)

Vecinos autoconvocados de Viedma realizan una protesta por la realización de una planta cloacal sin consulta previa a los lugareños.

NOTAS Y REFERENCIAS

1) Asesor Externo de la Asociación Ambiente Sur.

2) Aristóteles. La Política. Gradafico. Página 19. Buenos Aires, Argentina. Agosto de 2003.

3 Los convencionales escribieron con mayúscula un nombre propio en plural; en otros casos del mismo texto citado lo hicieron correctamente: “autoridades municipales”, “los municipios autónomos”, etcétera. Es decir, además del error señalado les faltó congruencia.

4) Todas las negritas son nuestras.

5) Convención Constituyente. Constitución. Artículo 154. Provincia del Neuquén, Argentina. 17 de febrero de 2006.

6) Igual 5). Artículo 271°.

7) Igual 5). Artículo 265°.

8) Igual 5). Disposiciones complementarias transitorias y finales.

9) Facultades concurrentes; este criterio, sin explicitación fundada, no lo aplica en otros casos equivalentes.

10) ¿Será posible también, formalmente, una igualdad ficticia?

11) Igual 5) Artículo 48°.

12) Aquí (personas adultas mayores) identifica como responsable al Estado y en el Artículo anterior (jóvenes) señala a la Provincia.

¿Por qué dos conceptos diferentes? Es lícito suponer que son dos entidades jurisdiccionales distintas.

Artículo 50: El Estado (personas con discapacidad), Artículo 51: El Estado provincial (Veteranos de guerra), Artículo 53: La Provincia (“pueblos indígenas”).

13) Igual 5). Artículo 49°.

14) El Distrito Federal no es autónomo (USA, Constitución. Sección Octava, inciso 17), como lo era la Ciudad de Buenos Aires antes de la reforma constitucional de 1994.

15) Anónimo. Cortaron el tránsito en la avenida Perón en reclamo por obra no consultada. Viedma, Provincia de Río Negro, Argentina. 22 de febrero de 2021.

 

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