Charla

Carta Orgánica Municipal: “Es un vehículo extraordinario de participación ciudadana”

Así lo indicó ayer el especialista Alejandro Rojo Vivot, en el marco de una charla organizada por la Asociación Ambiente Sur, dirigida especialmente a los equipos técnicos de los candidatos a intendentes de Río Gallegos. La Carta Orgánica lleva más de una década esperando ser redactada.

  • 14/09/2019 • 09:29
Alejandro Rojo Vivot disertó ayer en el Centro de Interpretación. (C. González).
Alejandro Rojo Vivot disertó ayer en el Centro de Interpretación. (C. González).

Ayer se desarrolló -en las instalaciones del CIERG- un taller sobre Carta Orgánica Municipal, coordinado por Alejandro Rojo Vivot, de la que participaron varios de los candidatos a intendentes de la ciudad de Río Gallegos, como sus equipos técnicos.

El objetivo del taller es fortalecer el cumplimiento de la ordenanza que convoca a elecciones de estatuyentes para la redacción de la Carta Orgánica y crear conciencia sobre el significado e importancia de su sanción.

(Fue dirigida a equipos técnicos. (C.G.)).

Santa Cruz no tiene ninguna ciudad con Carta Orgánica- Poco antes de esta charla, Germán Montero, uno de los referentes de la Asociación Ambiente Sur, indicó a este medio que la charla está enmarcada en una serie de actividades que, al igual que en el 2015, realizamos como parte de nuestro eje de participación ciudadana.

Particularmente en el día de ayer, explicó que se trató de una exposición sobre Carta Orgánica Municipal para los equipos técnicos de los candidatos a intendentes y que se trata de una primera instancia ya que, por otro lado, la primera semana de octubre se les estará presentando a los candidatos una encuesta sobre prioridades ambientales para una futura gestión municipal.

Sobre la importancia de que cada localidad cuente con su Carta Orgánica, Rojo Vivot sostuvo que se trata nada menos que de la Constitución de esa ciudad. “La pregunta que debiéramos hacernos es por qué es importante que las provincias tengan su propia constitución y por qué la Nación es importante que tenga su constitución”, dijo.

Seguidamente, el escritor y conferenciante manifestó que, en nuestro sistema federal, los municipios tienen entidades propias, en otros países no es así. “Que cada ciudad tenga su constitución, es algo natural en nuestro sistema argentino”, mencionó al tiempo que dijo que la particularidad que se da en este caso, y de ahí la insistencia de la Asociación Ambiente Sur, es que Santa Cruz no tiene ninguna ciudad con Carta Orgánica.

“Esta característica de Santa Cruz que desde hace más de diez años Ambiente Sur está impulsando, es nada más que cumplir lo que figura en la Constitución de la Provincia” y señaló que, al tener una Constitución propia, marca las políticas públicas”, sostuvo. 

En el mismo sentido, manifestó que, una vez redactada, en su primer capítulo va a marcar precisamente todas las políticas públicas. Rojo Vivot expresó que no sólo ordena, sino que también “es un vehículo extraordinario de participación ciudadana porque cuando se redacta participan los ciudadanos, participan las organizaciones, los partidos políticos, para redactar la ciudad que queremos”. 

 

Un poco de historia- La reforma de la Constitución Nacional de Argentina sancionada en 1994 consagró la autonomía de los municipios, que fueron habilitados a establecer sus propias formas de gobierno por medio de la redacción de cartas orgánicas municipales de acuerdo a los alcances determinados por cada provincia.

El Concejo Deliberante de Río Gallegos -en la sesión del 15 de noviembre de 2007- sancionó el proyecto de Ordenanza 5341 estableciendo la necesidad del dictado de la Carta Orgánica en el ámbito municipal. Tras un arduo debate fundamentado por el autor del proyecto el concejal Marcelo Saá (UCR) y su par Esteban Mihanovic (PJ), se sancionó con los votos positivos de éstos, acompañados por el presidente del cuerpo, Raúl Cantín, Alberto Lozano e Ítalo Bringas, alcanzando los cinco votos necesarios.

La Constitución Provincial dispone en el Artículo 141 que “reconoce autonomía política, administrativa, económica y financiera a todos los Municipios. Aquellos que dicten su Carta Orgánica Municipal, gozarán además de autonomía institucional. La autonomía municipal que aquí se reconoce no podrá ser limitada por ley ni autoridad alguna”. En el Artículo 142 establece: “La estructura que fije la Carta Orgánica se adecuará a las posibilidades presupuestarias de cada Municipalidad, deberá propender al autofinanciamiento y a la desconcentración operativa de sus funciones”.

La iniciativa aprobada por el Concejo Deliberante fue promulgada como ordenanza Nº6416, por Decreto Nº4769 del 5 de diciembre de 2007. Con fecha 3 de junio de 2008, el entonces intendente Héctor Roquel y los integrantes del Gabinete Municipal rubricaron el Decreto Nº1794, mediante el cual se aprobó la reglamentación de la Ordenanza 6416/07. De igual forma, este decreto fijaba la convocatoria para el día 7 de junio de 2009, como la fecha para elegir a los convencionales estatuyentes, quienes conformarán la Honorable Convención y dictarán luego la Carta Orgánica Municipal.

El artículo 20 sostenía que “los gastos emergentes de la Honorable Convención Municipal Estatuyente y del proceso de convocatoria para la elección de los Convencionales Municipales Estatuyentes serán previsto en el Presupuesto General de Recursos y Gastos correspondientes al año 2009”.

Sin embargo, pasaron ya más de diez años de esta sanción de Ordenanza y la Carta Orgánica Municipal sigue esperando ser sancionada. Los concejales y sucesivos intendentes ya contaron con ese instrumento legal, pero, a causa de cuestiones de financiamiento como de política, o de ambos, por el momento la constitución local se vio sucesivamente postergada.