Administración pública

El Ejecutivo promulgó otorgarle seis categorías a los trabajadores que tienen una antigüedad de 20 años

Así quedó establecido a través del decreto de la gobernadora Alicia Kirchner. Había sido acordado en el mes de diciembre pasado en paritarias pero faltaba documentación para terminar de confeccionar el instrumento legal.  Es una importante diferencia para los empleados públicos que están cerca de jubilarse.

  • 02/08/2019 • 07:54
Fue acordado en la audiencia celebrada con fecha 14 de diciembre de 2018. (Archivo).
Fue acordado en la audiencia celebrada con fecha 14 de diciembre de 2018. (Archivo).

En diciembre del año pasado las organizaciones sindicales que participan de la paritaria central acordaron con las autoridades del Poder Ejecutivo Provincial una serie de beneficios para los empleados que iban desde incremento en algunos ítems hasta recategorización de personal.

Precisamente uno de esos temas fue otorgar –por única vez- hasta seis categorías juntas a los trabajadores que tienen una antigüedad de 20 años. Desde entonces se trabajó en los diferentes ministerios y reparticiones del Estado, hasta que finalmente quedó confeccionado.

Cómo es el beneficio- Ayer, el Poder Ejecutivo publicó dicho acuerdo en el Boletín Oficial donde se establece que deviene de la audiencia celebrada con fecha 14 de diciembre de 2018, entre el Poder Ejecutivo Provincial y los gremios Asociación del Personal de la Administración Pública (A.P.A.P.), la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) y Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.), en el marco de la Negociación Colectiva de la Administración Pública Provincial.

Allí, se acordó entre las partes la recategorización por única vez como medida excepcional, con un máximo de hasta seis (6) categorías a los agentes de la ex –Ley N°591 y Ley N°1200, que tengan una antigüedad de veinte (20) años o más con aportes efectivos (Provinciales y/o Municipales) a la Caja de Previsión Social, al día 31 de diciembre del año 2018, homologándose la misma mediante Decreto N° 1262/18.

Resultado de mesas de trabajo- Por su parte, también se recordó que en cumplimiento de dicho acuerdo, entre las fechas 5 de abril y 28 de mayo del corriente año se llevaron a cabo las Mesas de Trabajo compuestas por representantes de los gremios mencionados, personal a cargo de las áreas de Personal, Recursos Humanos y/o Relaciones Laborales de cada organismo, la Dirección Provincial de Recursos Humanos y la Secretaría de Estado de Gestión Pública.

En dos encuentros por Organismo se abocaron al trabajo conjunto de los listados del personal que cumple con las condiciones establecidas en el decreto referido con anterioridad para acceder a dicho beneficio, finalizando con la firma de las actas en las que se plasmó el listado final del personal en condiciones para ser recategorizado.

Por tal motivo, el Poder Ejecutivo propició la recategorización -a partir del día 1° de julio del año 2019- del personal Planta Permanente que desempeña funciones en los Anexos: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación y Gobernación – Ítems: Varios, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial.

Asimismo, en el decreto se facultó al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por

Resolución Ministerial, se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demande la erogación. 

Qué dice el Decreto de la Gobernadora

 

Artículo 1º.- PROMUÉVASE a partir del día 1º de

julio del año 2019, al Personal Planta Permanente que

desempeña funciones en los ANEXOS: Ministerio de la

Secretaría General de la Gobernación y Gobernación –

ÍTEMS: Varios, comprendido en el Convenio Colectivo

de Trabajo General para el personal de la Administración Pública Provincial, detallado en el ANEXO I, el

cual forma parte integrante del presente, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Nº1262/18 y en

un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos

del presente.

Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO, que a los

efectos dispuestos en el Artículo anterior, téngase por

eliminadas las categorías que ocupa el personal reubicado y por creadas las que se le asignan, de acuerdo a

la Ley de Presupuesto Nº3633 – del Ejercicio 2019.

Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución

Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación al Ejercicio 2019.

Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por

la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la

Secretaría General de la Gobernación.

Artículo 5º.- PASE al Ministerio de la Secretaría

General de la Gobernación (Dirección de Personal y

Dirección Provincial de Administración) a sus efectos,

tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos

Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas,

dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.