Supuesta "Caja Política"

Otro pedido de información a YCRT

La Intersindical se sumará a la solicitud  de información sobre gastos, datos de personal, etc. que interpuso el precandidato a diputado nacional Héctor   Di Tulio. Analizan incluso juntar firmas para impulsarlo.  

  • 28/07/2019 • 08:26
"Nos cuesta contar con información de los compañeros, porque la niegan".

El pasado 24 de julio el precandidato a diputado nacional por SER Santa Cruz,   Héctor Di Tulio envió una nota al interventor de YCRT, Omar Zeidán, para que en el plazo de cinco días informe datos de la empresa desde que se hizo cargo, como gastos (generales y hasta pagos a medios de comunicación) nómina de personal y hasta quiénes utilizaron hoteles a cargo de la empresa (amparado en la Ley de Derecho de Acceso a la Información Pública).

Las sospechas de Di Tulio radican en que   tanto Zeidán, como así también Eduardo Costa y candidatos utilizarían los recursos de la estatal para financiar la campaña electoral.

Por la nota que envió Di Tulio, la Intersindical analiza pedir información a la empresa, algo que ya habían realizado en diversas oportunidades, pero además  podrían realizar una junta de firmas para avalar y "fortalecer" la solicitud del precandidato a diputado nacional.

"Si Di Tulio nos da el visto bueno, arrancaremos una junta de firmas", adelantó.

"Hemos pedido información sobre contratos que ha hecho la empresa con respecto al venta de carbón, compra e indumentaria y un montón de cosas más, pero la empresa nunca nos facilitó nada", apuntó Avendaño.

El dirigente destacó que "nada tiene que ver la cuestión política, de hecho no lo dio a conocer y no lo transmitió a los cuatro vientos. Di Tulio tiene una historia de defender el carbón de la Cuenca", recordó.

La empresa -acotó- siempre "les negó "cualquier tipo de información", incluso el legajo de los empleados. Tal es así, que el gremialista recordó que le hicieron  firmar a los empleados un acuerdo de confidencialidad a trabajadores administrativos "por los papeles que manejaban". "Hicimos presentación a la empresa de que esto no estaba establecido por ley, que era una excusa para despedir a un compañero", indicó y marcó que "se contradice con lo que marca la ley" al ser una empresa estatal y no privada.   

 

Sospechas

En cuanto a las sospechas que expuso Di Tulio, por el uso de "caja política" de YCRT, Avendaño indicó que no tiene pruebas para acudir a la Justicia, pero que sí pidieron investigar supuestas irregularidades, como la tercerización de la venta de carbón. "Se vendía a 56 dólares a un intermediario y lo revendía más de 90 dólares y así recaudamos la mitad de lo que se debería recaudar", indicó.

"Más que sospechas no tenemos", enfatizó.

"Nos cuesta contar con información de los compañeros, porque la niegan. Hablan de transparencia y acusan de corrupción, pero vuelvo a repetir que tienen un sistema corrupto porque se llenan de plata, uno prende la luz y está la corrupción, prende el gas y está la corrupción", apuntó.

 

A la Justicia

Di Tulio advirtió en la misiva enviada a Zeidán que los datos podrán descartar u obligar a Di Tulio a realizar presentaciones judiciales por supuesta "administración fraudulenta, peculado, enriquecimiento ilícito y demás figuras  penales que puedan resultar del desvío indebido de fondos y los aparentes beneficiarios del presunto accionar antijurídico que se pudiera haber cometido, lo que en dicha información se deberá descartar".

Entre lo que solicitó se encuentra: Gastos generales en concepto de sueldos a funcionarios de jerarquía incorporados desde su gestión; totalidad de los hoteles en los que se hubo de pagar gastos de hospedaje, comida y otros servicios, en cada lugar en que se haya facturado a la firma YCRT, debiendo acreditar los montos y las fechas; nómina de la totalidad de los empleados jerárquicos; monto individual que se paga en concepto de sueldos al personal señalado en la nómina que se pide más arriba, manejo de cajas chicas y sus montos; gastos pagados en concepto de viáticos, hotel, comida, combustible, pasajes; con detalle de fechas, destinos, nombres de los hoteles o alquileres de departamentos temporales; totalidad de los pagos que hubieron de efectuarse hasta la fecha, en concepto de publicidad; entendiéndose por tal, el pago a radios, diarios, sitios, periodistas, dueños de medios y en general a todo aquel dependiente de esa actividad; etc.

Confidencialidad

Lo advertido por Avendaño en cuanto a la obligación que tenían los empleados de YCRT de firmar un contrato de confidencialidad, fue publicado por TiempoSur.

Sucedió en 2017 y la medida abarcó a los trabajadores del Yacimiento de Río Turbio, como así también a los del complejo ferroportuario de Punta Loyola. La confidencialidad comprendía “toda la información que sea suministrada por YCRT” en el “desarrollo de la relación laboral o contractual, al igual que todos los datos de índole financiera” o información a la que podría acceder el empleado por su función, como datos informáticos. Incluye además a los memorándums de la empresa, resúmenes, información de personal, de contratados o asesores, o cualquier otro documento preparado por la empresa.

En tanto, cuando la empresa definió que entendía por “información confidencial”, precisaron que atañe “cualquier tipo de información relacionada con el funcionamiento de YCRT, su infraestructura, hardware, software estándar o de gestión, datos, usuarios, comunicaciones y seguridad informática. Cualquier tipo de información técnica jurídica, financiera, nuevas tecnologías y cualquier otra relacionada con las operaciones de negocios presentes y futuros de YCRT, y/o relacionada con su estructura organizacional, bien sea que la misma sea escrita, oral o visual, o en cualquier forma tangible o no, incluidos los mensajes de datos, de la cual los empleados destinatarios tengan conocimiento o a la que tenga acceso, cualquier medio o circunstancia en virtud del desarrollo de sus funciones”.

No divulgar documentos- En las cláusula segunda, YCRT le impone al empleado la voluntad de aceptar que toda la información que sostienen es “confidencial” es propiedad de la empresa, por lo que el trabajador “sólo utilizará la información con el propósito exclusivo de desarrollar las funciones que le han sido asignadas en YCRT”, al tiempo que sostiene que “no permitirá (a terceros) el acceso a información confidencial ni divulgará de manera parcial o total su contenido, sin consentimiento escrito u oral de YCRT”.

Ya en la cláusula cuarta, se sostiene que el empleado tiene la obligación de mantener en estricta confidencialidad “sobre la documentación e información que conozca, reciba o intercambie con ocasión de la relación que lo vincule con YCRT”. En el mismo sentido, se le exige al trabajador, de “forma irrevocable”, ante YCRT “no revelar, divulgar, facilitar –bajo cualquier forma- a ninguna persona física ni jurídica, pública o privada, y a no utilizar para su propio beneficio o para beneficio de cualquier otra persona… Toda información relacionada con el ejercicio de sus funciones, como así también las políticas y/o cualquier otro tipo de información vinculadas a dichas funciones”.

Derecho a despido- El resto de las cláusulas van en el mismo sentido que las ya citadas, lo que –según indicaron algunos trabajadores a este medio- parece ir en la dirección de no permitir que se filtren datos sobre las situaciones laborales en la empresa, algunas de ellas conocidas a partir de documentación a la que ha tenido acceso este diario y que van más allá de cualquier cláusula de seguridad o privacidad de una empresa.

 

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