Río Gallegos

Buscan desbaratar una asociación ilícita tributaria

Los procedimientos se realizaron en la mañana de ayer y se habrían extendido hasta pasado el mediodía. La organización delictiva fue constituida con el fin de infringir la Ley Penal Tributaria específicamente para obtener un rédito económico por la tarea realizada.

  • 20/06/2019 • 08:14
Local allanado en calle Alfonsín al 600. (Foto: C.R.)
Local allanado en calle Alfonsín al 600. (Foto: C.R.)

En la mañana de ayer, se realizaron 30 allanamientos, para desbaratar una asociación ilícita tributaria, cuyo modus operandi se basa en la constitución de empresas fantasmas, necesarias para realizar el “circuito de facturación apócrifa”.

Según pudo saber TiempoSur, el Centro de Reunión de Información Río Gallegos de Gendarmería desde el mes de noviembre de 2018, se encuentra a cargo de una investigación con registro de la Fiscalía Federal de Rio Gallegos a cargo del Dr. Julio Zárate.

Como resultado de las tareas de campo, análisis e intervenciones telefónicas se logró identificar a distintos actores -con sus correspondientes roles- involucrados en una presunta “asociación ilícita tributaria”, prevista en el artículo 15 de la 24.769 y/o 210 del C.P.A., cuyo modus operandi se basa en la constitución de empresas fantasmas, necesarios para realizar el “circuito de facturación apócrifa”.

El circuito de facturación se realiza a los fines de aumentar su crédito fiscal en el IVA y/o aumentar sus gastos en el impuesto a las ganancias, lo que finalmente redunda en la disminución de las bases imponibles de aquellos gravámenes, y por ende, en la evasión total o parcial del pago de las correspondientes obligaciones tributarias, cuyo organismo de aplicación es la “AFIP”.

La prevención logró corroborar que la “organización delictiva”, fue constituida con el fin de infringir la Ley Penal Tributaria específicamente -desde hace aproximadamente 5 años a esta parte- para obtener un rédito económico por la “tarea realizada”.

A los fines de materializar lo mencionado precedentemente, generarían y comercializarían “facturas” -manuales y entre ellas también duplicadas- de contribuyentes, que si bien serían de existencia real no habrían materializado el acto contractual de compra-venta de bienes o servicios documentado por la factura comercial emitida, donde también se aprecia -en la mayoría de los casos- el consentimiento por parte de los referentes de dichas empresas.

Estas personas físicas y jurídicas son empleadas como "pantalla" o "puente" para la maniobra mencionada a la que llaman “circuito”, de consumo de comprobantes o facturación falsa, lo que les permitiría justificar un incremento ficticio de la facturación a la sociedad final.

Por la tarea realizada, esta organización recibiría un canon o porcentaje del dinero obtenido en la maniobra fraudulenta, lo que a su vez serían puestos nuevamente al circuito legal, a través del “lavado de dinero”, invirtiéndose en la compra de vehículos principalmente, como así también en negocios, almacenes y kioscos.