Ya está en manos de Alicia

La ley fue publicada en el Boletín Oficial y hoy se firmaría el decreto

Ayer, el Poder Ejecutivo Provincial publicó la promulgación de la reforma de la Ley 55 que habilita a que los municipios puedan hacer sus elecciones de manera separada a las provinciales. Hoy, la gobernadora Alicia Kirchner firmaría el decreto haciendo la convocatoria.

  • 10/05/2019 • 07:48
Alicia firmaría hoy el decreto. (Archivo).
Alicia firmaría hoy el decreto. (Archivo).

Ayer se dieron dos de los tres pasos fundamentales para que el Poder Ejecutivo Provincial pueda convocar a elecciones para las categorías de Gobernador y diputados provinciales en el mes de agosto, en consonancia con las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias).

En principio -tal como adelantó TiempoSur- los diputados del oficialismo sancionaron el proyecto que llevaba la firma del bloque del FPV/PJ, reformando el artículo 22 de la Ley 55 de Municipios, con lo cual se habilita para que estos puedan realizar elecciones de manera desdoblada a las provinciales.  

 

Los tres pasos- El objetivo de esta sanción era en realidad darle la posibilidad al oficialismo de separar los comicios para gobernador y diputados de los municipales, adelantándolos tres meses.

Pero el siguiente paso era la promulgación de esta ley. Ayer, en horas de la tarde, se publicó dicha publicación en el Boletín Oficial: Artículo 1º Promúlgase bajo el Nº3649 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 9 de mayo del año 2019, mediante la cual se Modifica el Artículo 22 de la Ley Nº55, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente”, reza el texto.

Finalmente, para que efectivamente se pueda convocar a comicios para el 11 de agosto, la mandataria provincial debe hacer un decreto con dicha convocatoria antes del 13 de mayo. Según pudo saber este medio, Alicia Kirchner lo haría hoy mismo.

 

Qué fue lo que se cambió- Cabe recordar que el Artículo 22 de la conocida Ley 55 Orgánica de las Municipalidades, establecía lo siguiente: “Las elecciones serán ordinarias y extraordinarias. Las elecciones ordinarias tendrán lugar cada cuaternio, el día y horas señalados por la Ley para los comicios generales de la Provincia y en las mismas mesas, bajo las mismas autoridades, con excepción de las mesas de extranjeros. Las extraordinarias tendrán lugar toda vez que haya elegir Intendente de una

Municipalidad fuera de las fechas establecidas en el párrafo anterior o cuando haya que integrar los Concejos”.

Dicho texto se modificó por el siguiente: “Las elecciones serán ordinarias y extraordinarias. Las elecciones ordinarias tendrán lugar cada cuatro años pudiendo ser simultáneas a los Comicios Generales de la Provincia, utilizando para ello las mismas mesas y autoridades con excepción de las mesas de extranjeros. Las extraordinarias tendrán lugar toda vez que haya que elegir Intendente de una Municipalidad fuera de las fechas establecidas en el presente artículo o cuando haya que integrar los Concejos”.

Según se desprende, es relevante la aclaración “…pudiendo ser simultáneas a los Comicios Generales de la Provincia”, ya que deja abierta la posibilidad que puedan ser en otra ocasión, como se está pensando para el caso de este año.