Justicia

Condenado a cuatro años de prisión por comercialización de drogas

Ayer se conoció la sentencia por infracción a la Ley 23.737, en la cual el imputado José Iván Díaz fue condenado por el delito de Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización. Hecho ocurrido durante el 2017, en la ciudad de Piedra Buena.

  • 08/12/2018 • 08:52
El Dr. Alejandro Ruggero actuó en forma unipersonal.
El Dr. Alejandro Ruggero actuó en forma unipersonal.

Ayer el Tribunal Oral Federal se reunió con la Presidencia del Dr. Alejandro Ruggero, a fin de dictar sentencia por la supuesta comisión del delito de Infracción a la Ley

23.737 se sigue contra José Iván Díaz, actualmente detenido en Unidad N° 15 del Servicio Penitenciario Federal con asiento en esta ciudad; el nombrado fue asistido por la Defensora Pública Oficial, Dra. Ana Pompo, en tanto que la vindicta pública fue representada por la señora Fiscal General Subrogante Dra. Patricia Kloster; habiendo recaído designación para actuar en forma unipersonal en el Dr. Alejandro Ruggero.

Cabe señalar que la presente causa fue elevada a juicio por requerimiento fiscal formulado atribuyéndole al procesado, haber tenido en su poder, el día 3 de octubre de 2017, siendo aproximadamente las 17:00, en inmediaciones de las calles Sarmiento y Comandante Luis Piedra Buena, de la ciudad de Piedra Buena, un total de dos mil seiscientos cincuenta y nueve (2.659) gramos de cannabis sativa, fraccionada en cuarenta y cinco (45) envoltorios y otros dos trozos de mayor tamaño, como así también, otros seis (6) envoltorios con el fin de ser comercializados, elementos obtenidos tras la inspección de un bolso que el imputado llevaba consigo en aquella ocasión.

De igual modo tenía (6) envoltorios de nylon conteniendo dieciocho (18) gramos de cannabis sativa para comercializar, secuestrados con motivo de la requisa personal practicada aquel mismo día a las 21:00. Asimismo se le atribuyó la tenencia de tres envoltorios de cannabis sativa, con un peso de nueve gramos y un envoltorio de un gramo de clorhidrato de cocaína con el fin de ser comercializados, elementos hallados con motivo del allanamiento realizado en la vivienda del imputado el 4 de octubre de 2017, sita en calle Gobernador Moyano 606 de la localidad de Comandante Luis Piedra Buena y consideró que la conducta desplegada por el imputado encuadraba en la figura penal de Tenencia de Estupefacientes con Fines de Comercialización.

La fiscal propuso se realice un juicio abreviado, calificando los hechos atribuidos a José Iván Díaz, como Tenencia de Estupefacientes con Fines de Comercialización solicitando una pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. Dicha presentación fue aprobada por la Defensora Pública oficial conjuntamente con el imputado.

Celebrada la audiencia, Díaz fue interrogado si ratificaba el contenido del escrito y su reconocimiento en la participación y responsabilidad en los hechos atribuidos en el requerimiento de elevación a juicio; a lo que el imputado adhirió a la propuesta formulada por la

Fiscal General Subrogante, dejando expresa conformidad respecto a la existencia de los hechos y la participación en ellos que se le atribuyeran en aquella presentación, la calificación legal que el representante de la vindicta pública formulara al proponer el trámite, a la pena requerida y a la forma de cumplimiento.

 

Fallo

Luego de valoradas las pruebas recibidas en la instrucción, la propuesta formulada por el Ministerio Fiscal y la Defensa; la admisión efectuada por el procesado, de conformidad con las disposiciones legales citadas. Resuelvo:

1. Declarar admisible la propuesta de juicio abreviado traída a consideración del Tribunal.

2. Condenar a José Iván Díaz, por ser autor penalmente responsable del delito de Tenencia de Estupefacientes con Fines de  comercialización, a la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento.

3. Ordenar la destrucción del tóxico previa obtención de muestras en cantidad suficiente para futuras pericias.

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