Violencia de Género

“Me roció con benzina y me amenazó con un encendedor”

La encerró, insultó, escupió, fue golpeada, violada, ahorcada, amenazada con un cuchillo y hasta la quiso quemar viva, pero lo condenaron a diez meses por ‘lesiones leves’. Esta semana fue a la Cámara Criminal a pedir que no lo liberen y se enteró que los hechos de violencia de género no habían sido plasmados en el expediente.

  • 28/11/2018 • 09:47
Fernando siguió comunicándose con Talita aún mientras cumplía condena de 10 meses
Fernando siguió comunicándose con Talita aún mientras cumplía condena de 10 meses

*Por Sara Delgado

El resultado del juicio por la muerte de Lucía Pérez fue repudiado ayer en distintos puntos del país porque los miembros del Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata, se negaron a tener perspectiva de género en un fallo que ocultó la relación desigual de poder entre la víctima y sus atacantes, negando el femicidio por el cual en 2016 se hizo el primer paro nacional de mujeres.

Entre los argumentos se leen cosas como que a Lucía le gustaba tener relaciones con hombres a los que apenas conocía, que era lo suficientemente valiente como para decir que no y que el principal acusado no pudo matarla porque antes de eso compró una chocolatada para compartir con ella.

Sumados al repudio, también en Río Gallegos, un número de mujeres se acercó ayer a la intersección de las avenidas Kirchner y San Martín.

Pero la falta de una mirada que contemple la perspectiva de género también se da en Santa Cruz, tomando las formas de un tratamiento deshumanizado hacia una víctima que ahora vive con terror las horas previas a la liberación de su atacante.

Esta semana, Talita Buchhorst (21) fue a la Cámara Criminal de Río Gallegos para reclamarle a los jueces que no dejasen en libertad a Fernando Galcerán, su ex pareja, que a comienzos de año intentó matarla y que aún estando detenido no dejó de acosarla con mensajes telefónicos.

Su caso llegó al Tribunal como “lesiones leves agravadas por la relación de pareja”, una figura que no prevé pena privativa de la libertad, pero que en esta jurisdicción se convierte en cárcel por la jurisprudencia que a nivel país sentó el caso Cortez.

Talita y Fernando fueron novios durante tres años y fueron tantos los episodios de violencia que sufrió con él que no recuerda cuándo empezaron. “Me maltrataba siempre, me encerraba, me llegó a violar en dos ocasiones, me ahorcaba. Era demasiado violento cuando discutíamos y yo siempre me escapaba, a veces saltando portones” dice, mencionando que incluso “una vez me roció con benzina y me amenazaba con un encendedor, hasta que llegó su papá y empezaron a discutir así que yo pude salir corriendo”.

Con la ayuda de su hermana, Talita pudo cortar la relación con Fernando, pero seis meses más tarde, en los que fue acosada con más de siete Facebook falsos que él hacía, se le apareció y la encerró en una habitación.

Fue el 26 de enero de este año, “quise llamar a la policía pero me sacó el celular y empezó a leer los mensajes y a romper todo” después de eso “se tiró encima mío para ahorcarme y golpearme la cabeza contra el piso, me agarró de los pelos y me encerró con llave, me torturó por tres horas, me cagó a trompadas, me pateó, me mordió, me escupió, me humilló, me obligaba a que me arrodille y le pida perdón por ser ‘tan puta’ y cuando lo hacía me decía ‘no te creo’ y me pegaba patadas en la cabeza”.

Talita cuenta que como la tía y la prima de Fernando lo estaban buscando, fueron hasta la casa y que entonces él la amordazó. “Yo intenté tirarme del primer piso para pedirles auxilio y ahí él me tomó del cuello con un cuchillo y cuando vieron eso ellas se fueron corriendo pero la tía se desmayó en la esquina”.

Talita supo eso porque logró zafarse y correr semidesnuda por la calle y vio cómo un patrullero asistía a la mujer. En ese móvil, Talita fue llevada hasta la Comisaría Tercera porque “ninguna de las tres personas que estaban en el patrullero sabían cómo llegar a la Comisaría de la Mujer, así que dimos varias vueltas”.

Finalmente llegaron pero como el 26 de enero hubo corte de luz, “declaré hasta la una de la mañana. Fueron más de cinco horas porque se cortaba y volvía. Estuve semidesnuda, descalza con un camperón y no me sirvieron ni un vaso de agua” se queja.

Talita dice que al día siguiente en la OVD le dijeron que su testimonio era tan contundente que tenía sobradas pruebas para ir a juicio. Fue ahí que le dijeron que podía contar con una defensora.

“Nunca se comunicó conmigo, fui yo a hablar con ella porque no había pasado ni un mes desde que estaba detenido y me mandaba mensajes. Yo fui reiteradas veces hasta con un ojo reventado por un ataque de nervios porque él me mandaba hasta 10 mensajes por día. Ella me ignoraba” insistió.

El 22 de octubre Talita supo que Fernando estaba a punto de salir en libertad luego de haber cumplido una condena de diez meses de cárcel por las lesiones leves. En su expediente no consta la mayoría de los hechos de violencia que ella sufrió. No se habla de violaciones, ni de intentos de homicidio, ni de que la quiso prender fuego y no aparecen los testimonios de la tía y la prima de Fernando que vieron cómo amenazaba con degollarla.

Durante el proceso, Talita no supo que tenía que impulsar una querella y claramente la defensora que le asignaron no habría denunciado todos los episodios ni ofrecido prueba testimonial.

En este sentido, una abogada del foro local que prefirió dejar su nombre en reserva le dijo ayer a TiempoSur que “lo que hace a la diferencia entre una sentencia con perspectiva de género o sin ella, es la existencia o inexistencia de esa mirada en los operadores de la Justicia. Desde la instrucción (investigación policial) Fiscalía (que acusa), defensa, querella, peritos y jueces” porque “una sentencia no es otra cosa que la conclusión de un razonamiento lógico, si la mirada es deshumanizada, androcentrista, patriarcal, la sentencia no podría ser de otra manera”, sostuvo la profesional, asegurando que “las leyes no son el problema, el problema son las instituciones y sus actores o protagonistas”.

Justamente ayer, se conoció a través de un informe del Ministerio Público Fiscal, difundido a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, que el 72% de las causas generadas a partir de denuncias en la OVD de la Corte terminaron con un sobreseimiento o fueron archivadas. En base al análisis de 158 casos, 56 terminaron con sobreseimiento, y 42 se archivaron, mientras que en el 14% de las causas se concedió la suspensión del juicio a prueba, una alternativa para evitar la condena que en general se resuelve con tarea comunitaria.

En el caso de Talita, el Tribunal decidió la omisión de debate, que sí deja antecedentes pero que además, impone una serie de normas que si son violadas luego de recuperar la libertad, son motivo de cárcel nuevamente.

Consultado por este diario, el juez Joaquín Cabral explicó ayer que el expediente de Talita llegó al Tribunal Oral como “lesiones leves agravadas por la relación de pareja” y que nada se conocía respecto de las demás circunstancias de violencia que sufrió.

Por eso luego de que ella acudiera al Tribunal, se ordenó un acta con estas circunstancias nuevas y que son delitos más graves, para que las remitiesen a la Fiscalía de Instrucción y se investigue.

Sin embargo, hay que recordar que no siempre un caso de lesiones leves termina con un violento detenido. Esta sí es la posición de la Cámara de la Primera Circunscripción debido a que en 2013, fueron quienes sentaron un precedente a nivel país con el caso “Cortez”.

 

EL CASO CORTEZ

La causa “Cortez J. A. s/Daño en Concurso Real con privación ilegítima de la libertad” sentó un precedente cuando metieron preso al agresor por un delito excarcelable bajo la premisa de evitar mayores daños a la mujer víctima.

Cuando ese fallo salió, ya en Santa Cruz se contaban nueve femicidios sin que hubiese al menos hasta entonces en el Código Penal, una forma de prevenir la escalada de violencia.

“Se perciben ciertas insatisfacciones sociales basadas en que el daño físico a la víctima ya fue producido y la cautelar o el castigo para el consciente colectivo ya ha llegado tarde”, decía el fallo que hablaba de “encontrar una respuesta a la demanda” social.

Es que si bien ya existían leyes como la 26.791 que establece perpetua para quien asesine a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género, y la 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, los jueces entendieron que hacía falta que una sumatoria de hechos menores previniesen un daño irreversible.

Un año más tarde, la misma cámara le dio 4 años de cárcel a otro varón, en una causa caratulada por “lesiones leves agravadas por mantener el imputado una relación de pareja y violencia de género en concurso real con amenazas calificadas por el uso de arma”. Él nunca antes le había pegado y no tenía antecedentes penales.