Economía

Autorizan a los bancos a ofrecer un tope para la cuota mensual de los créditos UVA

Así se lo aclaró el Central a las entidades. Es una variante a la extensión del plazo si los salarios le sacan 10% a la inflación.

  • 11/10/2018 • 21:48
los bancos deberán notificar por medios electrónicos a los clientes de la situación .
los bancos deberán notificar por medios electrónicos a los clientes de la situación .

Todo indica que a fin de año, como máximo, se gatillará una cláusula que aparece en todos los préstamos hipotecarios ajustados por UVA. Allí se dispone que en caso de que la inflación supere por 10 puntos la evolución de los salarios, los deudores podrán exigir un alargamiento de hasta 25% del plazo del crédito, con el propósito de reducir el peso de la cuota mensual y que no represente una porción mayor del ingreso familiar.

Pero el Central envió una nota reservada a los bancos, a que accedió Infobae, en donde detalla cuáles que puede haber otras opciones disponibles, siempre negociadas con el cliente. En todos los casos, esas alternativas pueden ofrecerse siempre que se de aquel fenómeno, es decir que el índice UVA supere al menos por 10 puntos porcentuales a la evolución del Coeficiente de Variación Salarial (CVS).

Según detalló la entidad que preside Guido Sandleris, además de la extensión del plazo, los bancos podrían ofrecer otras variantes. Y lo expresa de esta forma: "La normativa no impide que las entidades financieras ofrezcan otras alternativas. Será el cliente quien evaluará si alguna opción de estas alternativas le resulta aún más conveniente y en ese caso dará su conformidad a la propuesta adicional de la entidad".

El Central realiza una sugerencia a los bancos sobre lo que podrían resolver en caso de que se dispare la cláusula gatillo: "Las entidades podrían proponer una regla para sus clientes que fije un tope a la cuota mensual, de forma tal que si desde el desembolso del préstamo la variación acumulada en la UVA excediera al CVS en más de 10%, la variación de la cuota no exceda dicho límite".

En el caso que se opte de común acuerdo el tope de cuota entre banco y cliente, "los montos que no se cobrasen en dichas cuotas mensuales, serían capitalizados". "A partir de ese momento -agrega- el deudor pasaría a pagar la cuota máxima hasta el momento en que el desfasaje sea revertido".

"Es importante aclarar en este ejemplo, si el evento fuese transitorio, se lograría el objetivo de morigerar el efecto del desafasaje sin necesidad de extender el plazo del préstamo", dice el BCRA en el documento.

Y enseguida el Central señala que más allá de esa sugerencia, "las entidades podrán ofrecer distintas variantes y modalidades dirigidas a morigerar el impacto circunstancial de la coyuntura económica, cuya implementación estará sujeta a la aprobación del cliente".

Otra de las aclaraciones importantes realizada por la entidad es que el cálculo para determinar si se dio aquel desfasaje de 10% entre UVA y CVS debe hacerse desde el momento del otorgamiento del préstamo. "Por lo tanto, no todos los préstamos son iguales, hay que tomar caso por caso, teniendo en cuenta cuando se efectuó el desembolso del crédito", advierte.

Cuando el índice de inflación supere por más de 10 puntos al índice salarial, los bancos deberán notificar por medios electrónicos a los clientes de la situación y la posibiidad de renegociar (en caso que corresponda) las condiciones de las cuotas mensuales. (Infobae).

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