Justicia

Niegan recurso de casación a condenado por transporte de estupefacientes

El Tribunal Oral de la Cámara Federal de Casación, luego de evaluar el pedido de nulidades realizadas por un hombre condenado por transporte de estupefacientes, decidió rechazar los mismos, ya que se contaba con el grado de certeza necesario exigido a todo veredicto de condena.

  • 15/09/2018 • 11:23
Extracto de la resolución del Tribunal de Casación.
Extracto de la resolución del Tribunal de Casación.

El Tribunal Oral de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por el Dr. Mariano Hernán Borinsky como Presidente y los Dres. Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos como vocales, se reunieron para resolver el recurso de casación caratulada “MIRANDA VARGAS, Cristian Javier s/recurso de casación”.  

Cabe señalar que el 30 de Octubre de 2017 que el Tribunal Oral en lo Criminal

Federal de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, rechazó el planteo de nulidad al planteo de nulidad iniciado por la Defensa Pública Oficial de Cristian Javier Miranda Vargas, condenándolo como coautor responsable del delito de transporte de estupefacientes, a la pena de cuatro años de prisión que deberá cumplir en una cárcel federal.

El Defensor Público Oficial ante el Tribunal mencionado, Dr. Sergio María Oribones, interpuso recurso de casación, el que fue concedido y mantenido en esta instancia por el Defensor Público Oficial ante esta Cámara, Dr. Enrique M. Comellas, quien alegó que la resolución recurrida ha incumplido al rechazar el planteo de nulidad sobre el procedimiento realizado por SENASA, AFIP, DGA y Policía Federal que dio inicio a la presente causa.

Específicamente, se agravió de la apertura que hiciera un empleado de SENASA, sin orden judicial, de la encomienda cuyo destinatario era su defendido Cristian Miranda Vargas, en la sucursal de

 

Correo Argentino de Comodoro Rivadavia.

Señaló, al respecto, que no existió ninguna urgencia que impidiera solicitar autorización judicial y razonó que así como el personal interviniente se comunicó inmediatamente con el juzgado luego de la apertura podría haberse realizado sin inconvenientes la consulta previa con esa sede judicial a fin de preservar los derechos individuales involucrados en el accionar desplegado.

El Defensor además criticó que el Tribunal hubiera descreído la versión de los hechos expuesta por su asistido frente a la declaración de Acevedo, quien, según sostuvo la parte, le había pedido a Miranda Vargas que retirara la encomienda –en la que había CDs y películas- porque él debía viajar, y que le pagaría $300 pesos por ello cuando lo hiciera.

Por otra parte manifestó que de la declaración del personal policial interviniente al momento de la detención del imputado se desprende que éste estuvo todo el tiempo tranquilo y bien predispuesto; que incluso, al ser detenido, brindó su domicilio real sin inconveniente (el que es diferente al que figura en su DNI), lo que posibilitó un allanamiento rápido, y todo otro dato requerido por la policía. Concluyó que la sentencia luce arbitraria por fundamentación aparente, en tanto el Tribunal analizó las pruebas obrantes en la causa de manera segmentaria, soslayando las que corroboran la versión de Miranda Vargas. Finalizó su presentación solicitando que se revoque la sentencia recurrida y se absuelva a su defendido.

 

El hecho que se le endilga

Cabe recordar que a Miranda Vargas se lo acusa por el delito de transporte de estupefacientes, ya que el 4 de septiembre de 2014 aproximadamente a las 07:30 en la sucursal Comodoro Rivadavia del Correo Argentino, en un operativo conjunto de personal de dicho organismo con el del SENASA, AFIP-DGA y Policía Federal consistente en controlar la carga del camión del Correo procedente de la ciudad de Buenos Aires, escaneando la totalidad de las sacas transportadas, detectaron que una con el precinto colocado poseía material orgánico, por lo que se separó la pieza consistente en una caja de cartón, en la que figuraba como remitente “Alfredo Laserna” (con dirección en Mar del Plata) y como destinatario “Cristian Miranda” (Río Gallegos, Santa Cruz). Una vez abierta la misma por personal del SENASA encontraron 7.477,14 gramos de marihuana distribuidos en 9 paquetes, hecho que provocó la intervención de la Justicia Federal que ordenó las medidas a seguir.

La investigación judicial condujo a determinar que el destinatario de la encomienda era Cristian Javier Miranda Vargas domiciliado en calle

Ayohuma al 700, de la ciudad de Río Gallegos, quien el 8 de septiembre del 2014, siendo aproximadamente las

10:30 se presentó en la oficina de Correo

Argentino de esta localidad a retirar la encomienda interceptada, solicitándola por su lugar de procedencia y número de guía, y al ser detenido se le encontró que junto a su documento nacional de identidad tenía un papel con el número de guía. En función del hecho detallado, el Tribunal de mérito condenó a Cristian Miranda Vargas como coautor del delito de transporte de estupefacientes, a la pena de cuatro años de prisión.

 

Fallo

Una vez analizadas todas las nulidades presentadas, el Tribunal consignó los argumentos que determinaron la resolución de manera que fuera controlable la resolución seguida para arribar a la conclusión, evidenciando así que realizó una apreciación de las pruebas que en el recurso interpuesto no se comparte pero que se halla exenta de la tacha de ilogicidad e incluso a resguardo de la arbitrariedad de sentencias.

En conclusión, la conducta relativa a la autoría de Miranda Vargas en el transporte de estupefacientes que se tuvo por acreditada no ha logrado ser desvirtuada por las críticas formuladas ante esta sede, motivo por el cual, propicio al acuerdo el rechazo de este segmento de la impugnación.

Por ello, el Tribunal, resuelve, rechazar el recurso de casación interpuesto por el Defensor Público Oficial, en representación de Cristian Miranda Vargas.

 

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