Justicia

Represas: a pesar de sentencias a favor, continúa la obra sin consulta previa a pueblos originarios

Hace más de un año la Justicia Federal ordenó –entre varios puntos- la conformación de la “mesa de diálogo”, aunque hubo una sola reunión en todo el año. Este proceso es la etapa anterior a la consulta previa a comunidades, según lo establece el convenio 169 de la OIT, que debía realizarse antes de la construcción de las represas que siguen su curso.

  • 12/09/2018 • 07:55
“El Estado está obligado a llevar la mesa  de diálogo”. (Foto ilustrativa)
“El Estado está obligado a llevar la mesa de diálogo”. (Foto ilustrativa)

Primero fue el fallo de la Justicia Federal de Río Gallegos, que hizo lugar al amparo presentado por la comunidad LOF FEM MAPU en agosto del año pasado. En marzo, hubo otra sentencia a favor, esta vez de la Justicia Federal de Comodoro Rivadavia.

Ambos, enmarcados en el Convenio 169 (adoptado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1989)  y que adhirió Argentina que establece  concretamente la consulta previa a las comunidades por cualquier actividad que se desarrolle en tierras que pertenecen a las comunidades originarias, que justamente incluyen una zona en la que se construyen las represas.

El primer fallo ordenó entre diversas medidas la creación de una “mesa de diálogo”, conformada por la comunidad LOF FEM MAPU, la Provincia de Santa Cruz, el INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indigentes) y la empresa UTE. A la fecha la mesa se reunió una sola vez.

“A casi un año de la sentencia hemos tenido en lo que va del año, una sola mesa de diálogo en marzo, que es el proceso camino a la consulta, que si bien conlleva  varias etapas, solo hubo una reunión, y las obras siguen avanzando”, advirtió a TiempoSur, la Dra. Melina Lorenti, asesora de la comunidad LOF FEM MAPU.

La letrada advirtió que habían pedido la suspensión de la obra, para que se efectivice la consulta, pero esto no fue avalado por los jueces. “No pedimos nada fuera de lo legal, sino tal cual el Convenio 169  y la Constitución Nacional”, precisó y destacó la contradicción de reconocer el proceso de consulta a las comunidades, pero no que sea previa, es decir antes de la construcción de la mega obra.

“El Estado está violando el derecho de las comunidades porque no hay una consulta y parece una imposición del proyecto que contraría el interés y cosmovisión de las comunidades”, agregó.

Definió que en la actualidad hay una “instancia de quietud del Estado”. En total, son 14 comunidades que están dentro del litigio.

 

OBLIGADO

“El Estado está obligado a llevar la mesa  de diálogo”, remarcó IEASA-Integración Energética Sociedad Anónima, que pertenece a Energía de Nación “es a quien delegan  esta consulta”.

“Los asesores (de las comunidades)  peleamos para que estén todos y entablar el diálogo en condición de igualdad en cuanto a la información, pero el Estado acusando problemas económicos y restricción de presupuesto, está cercenando el derecho a las comunidades de estar informadas, y esto lo planteamos a la Justicia, pero no quiso intervenir”, vertió.

Trimestralmente de acuerdo al primer fallo, la UTE debe presentar informes de avances y relevamientos arqueológicos. En el lugar, cerca de El Calafate, se encontraron restos óseos encontrados que pertenecerían a la comunidad originaria (sitio sagrado), pero hasta ahora no se  realizó ningún estudio que lo confirme.

“En la mesa se solicitó que alguien de las comunidades esté presente como veedor indígena que se tenga en cuenta su cultura, que es lo que menos se ha tenido en cuenta”, expresó, pero además destacó que solicitaron un veedor imparcial, de la secretaría del Juzgado Federal de Río Gallegos “para que muestre e informe al Juez cómo se desarrolla la mesa de diálogo”.

 

Temas