Se realizó un allanamiento

Un sujeto fue detenido por tenencia de pornografía infantil

En la tarde de ayer, el personal de la Seccional Tercera y de la DDI realizaron un allanamiento en una casa de Alfonsina Storni. La investigación empezó semanas atrás cuando tuvieron acceso a un grupo de WhatsApp, en el cual se intercambiaba pornografía infantil. En el procedimiento se detuvo a un sujeto y secuestraron elementos de interés.

  • 24/08/2018 • 10:52
El sujeto está involucrado por en el delito de “tenencia de pornografía infantil”. (Foto: Ilustrativa)
El sujeto está involucrado por en el delito de “tenencia de pornografía infantil”. (Foto: Ilustrativa)

Todo comenzó hace diez días, cuando el personal de la Seccional Tercera tuvo acceso a unas fotos y videos pornográficos que circulaban en un grupo de la red WhatsApp, a partir de ese momento y con la colaboración del personal de la DDI, comenzaron con las investigaciones del caso.

Luego de una semana y media, el personal logró identificar al sujeto que la poseería, por lo que recabaron todos los datos necesarios y en la jornada de ayer le solicitaron al Juzgado de Instrucción Nº2, a cargo de la Dra. Valeria López Lestón, una orden de allanamiento.

La Jueza luego de analizar todos los datos recabados, libró la orden de allanamiento para una casa ubicada sobre calle Alfonsina Storni al 1500.

Para llevar adelante el procedimiento, el personal de la dependencia solicitó la colaboración de sus pares de la División  Fuerzas Especiales y de la Seccional Sexta, por jurisdicción. 

Ya con todo organizado, el personal se presentó en la casa junto a los dos testigos necesarios a las 13:30 de ayer, y comenzaron con la búsqueda de elementos.Cabe destacar que el personal procedió a la aprehensión de un sujeto, quien fue llevado a la dependencia, donde fue identificado y se le notificó que le iniciaban una causa por “tenencia de pornografía infantil”.

En cuanto al procedimiento se conoció que los uniformados lograron secuestrar varios elementos que son de interés para la causa que se investiga.

Pornografía Infantil: ¿Qué dice la ley?

En el año 2008 en nuestro país se sancionó la Ley 26.388 con el fin de abarcar conductas sobre pornografía infantil. El art.128 de esta ley, establecía que será reprimido con prisión de 6 meses a 4 años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho años dedicado a actividades sexuales explícitas y en lo pertinente al tema en análisis que será reprimido con prisión de cuatro meses a dos años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior con fines inequívocos de distribución o comercialización.

La ley fue modificada hace unos meses atrás bajo Nº27.436 y la misma establece que: será reprimido con prisión de tres a seis años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho años dedicado a actividades sexuales y de cuatro meses a un año el que a sabiendas tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior. A su vez, será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que tuviere en su poder el material con fines inequívocos de distribución o comercialización. Todas las escalas penales previstas en este artículo se elevarán en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuere menor de trece años.

Entonces, el nuevo Art. 128 castiga la tenencia simple de material pornográfico sin importar si se lo posee con intenciones de compartirlo o comercializarlo, con una pena de 4 meses a 1 año de prisión. Asimismo, el nuevo tipo penal mantiene la sanción a la posesión con fines de distribución o comercialización con una pena de 6 meses a 2 años, por entender que quien posee el material con fines de distribución realiza una conducta más lesiva que quien posee el material de forma simple sin esa intención. El nuevo tipo penal tampoco contempla aquellos que acceden o consumen el material sin poseerlo, como quienes lo hacen vía streaming. Por último, la modificación que se introduce es que las escalas penales se elevarán cuando la víctima sea menor de trece años.