El TSJ en apuros

Piden que se declare ilegal integrar la Cámara de Apelaciones con secretarios

Federación Argentina de Colegio de Abogados y la Fiscalía de Estado coincidieron en algo: no quieren secretarios que subroguen a los jueces en la integración de las Cámaras. Si el caso llega a la Corte, peligran todos los fallos donde no hubo jueces naturales y por eso hay preocupación en el TSJ.

  • 25/06/2018 • 12:04
La Federación de Colegios de Abogados y Fiscalía de Estado coinciden contra las subrogancias del TSJ.
La Federación de Colegios de Abogados y Fiscalía de Estado coinciden contra las subrogancias del TSJ.

Por Sara Delgado

A instancias del Tribunal Superior de Justicia santacruceño, durante el gobierno de Daniel Peralta, se modificó la ley 1 -Orgánica de Justicia- que habilitó la subrogancia de los secretarios y secretarias,  cuando hubiera cargos vacantes.

Fue con el artículo 37, que en su inciso C dispuso que en casos de excusación, recusación, vacancia ausencia o impedimento de cualquier naturaleza los Jueces de cada Cámara, sean sustituidos “por los secretarios de las Cámaras donde se deba ejercer la subrogancia”.

Más tarde, el TSJ emitió una Acordada ratificando y fijando el orden de esos reemplazos que, para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, son inconstitucionales.

Tiempo atrás, la Asociación de Abogados le reclamó al TSJ por el asunto, y más tarde, la Federación Argentina de Colegios de Abogados giró una extensa nota a los vocales, que sin embargo, continuaron permitiendo las subrogancias.

La FACA se pronunció el 28 de marzo de 2016, ante un planteo de la Asociación de Abogados de Río Gallegos que denunció  la violación de la ley de subrogancias.

La queja se dio después de que la jueza de instrucción Roxana Suárez integrara la Cámara de Apelaciones junto a Reneé Fernández, para sancionar a la Asociación riogalleguense, en el marco de una causa en la que patrocinaban a diputados de Cambiemos.

Se conoce que finalmente, la Fiscalía de Estado hizo una presentación ante el máximo tribunal de la provincia, para que declare inconstitucional el artículo 37 inciso 3, porque esto afecta “la garantía del debido proceso” al constituirse un tribunal “con un funcionario que no posee los atributos constitucionales para desempeñar tal función”.

El escrito menciona varios fallos de la Corte en contra de las subrogancias de este tipo, e incluso revocó fallos donde se habilitaba a secretarios judiciales a actuar como jueces subrogantes.

También, dejan la puerta abierta para llegar hasta la Corte si es necesario, y advierten que los secretarios “son funcionarios judiciales que no han sido elegidos conformes el procedimiento constitucional para la elección de jueces, por lo tanto no gozan de las mismas garantías que éstos, y teniendo presente que los justiciables tienen el derecho a ser juzgados por un juez independiente, corresponde declarar la inconstitucionalidad de dicha normativa”.

 

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