Conflicto en la Cuenca

YCRT: el “tubo de ensayo” del borrador de la reforma laboral

La primera propuesta de la empresa hacia los sindicatos contenía puntos del borrador de la reforma laboral que impulsó Nación el año pasado. La abogada de ATE calificó de “repugnante” y “violatorio de derechos”. Ayer finalmente presentaron el Preventivo de Crisis en Trabajo.

  • 25/04/2018 • 07:50
“Se lleva a negociar en una instancia donde el Ministerio de Trabajo es juez y parte”.
“Se lleva a negociar en una instancia donde el Ministerio de Trabajo es juez y parte”.

Ayer finalmente YCRT presentó el Preventivo de Crisis, ya que Jefatura de Gabinete y asesores analizaron la propuesta, por lo que se retrasó de la media que originalmente iba ser recibida en el Ministerio de Trabajo de la Nación el jueves pasado.

Los gremios y el Gobierno deberán reunirse durante dos o tres meses y acordar una salida a la crisis que fundamenta la Intervención.

La abogada de ATE, Dra. Débora González, aclaró que de no lograr acuerdo, esto se judicializará, aunque existe “mucha jurisprudencia” que declaró ilegal varios Preventivos de Crisis cuando anteriormente hubo despidos como sucedió en YCRT.  

“Además se lleva a negociar en una instancia donde el Ministerio de Trabajo es juez y parte, porque pertenece al Gobierno”, apuntó.

La letrada recordó que en su momento la primer propuesta de la empresa (no se sabe si será la misma en el plan del preventivo) fue “con beneficios cero”.

“Habían muchas cuestiones como la plurifunción, que estaba en el primer  proyecto borrado del Gobierno en la reforma laboral”, advirtió.

Explicó que esto implica, por ejemplo, un trabajador de un supermercado que es cajero, luego sea trasladado a la tarea de maestranza y luego a reposición de mercadería.

“Con lo cual no se determina que tarea tiene a desarrollar y esto genera un abuso de las facultades que tiene el empleador”, indicó y opinó: “A nosotros nos parece repugnante y violatorio de todos derechos consagrados y reconocidos a los trabajadores”.

También precisó que se viola el principio  fundamental de progresividad, es decir todos derechos que logra el trabajador y que va adquiriendo es en pos de mejorar “no de ir la baja como este Convenio que se ofreció a los sindicatos”.

Otro argumento que resaltó en contra de los despidos -de los cuales hay 200 amparos presentados con fallos a favor-  es que los trabajadores gozan de la estabilidad que otorga la Constitución  Nacional en su artículo 14 bis (incluido en la reforma de 1.957) para el empleado estatal, el cual debe estar sometido a un sumario para ser cesanteado y una vez acreditada la causa, se lo puede despedir “porque de lo contrario es nulo”.

La letrada sostuvo que la reincorporación de los despedidos que integran la propuesta de YCRT en el Preventivo de Crisis, se incluyó ya que de no ser así, “sería discriminatorio por ley hacia los trabajadores, ya que no es compatible ni se ajusta a derecho”.

En esta línea sentenció que en los argumentos la empresa no tiene en cuenta los artículos del 95 al 97 de la Ley 24.013, el que establece cómo se debe aplicar el Preventivo de Crisis en una empresa estatal o mixta. “Nos dan a entender que la empresa o no tuvo en cuenta estos artículos, porque no los menciona parte de la ley, o es una estrategia”, precisó.

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