Justicia

Condenaron a cinco años de prisión a Guaymas y a Leguizamón por robo

La semana pasada se llevó adelante el debate oral y público contra Luis Carlos Guaymas y Faustino Leguizamón, y en la mañana de ayer fueron sentenciados a cinco años de prisión por el delito de robo doblemente calificado por ser cometido con armas, en poblado y en banda.

  • 21/03/2018 • 09:27

En la mañana de ayer, se dictó sentencia, a quienes la semana pasada fueron juzgados por el secuestro y asalto a la distribuidora Lon Can S.A., hecho ocurrido el 1º de abril del 2015. Este hecho tiene como imputados a Luis Carlos Guaymas y Faustino Leguizamón, quienes fueron representados el Defensor de Cámara Dr. Santiago Lozada y el Defensor particular Dr. Víctor Robles, respectivamente.

Los imputados están acusados de haber ingresado a una vivienda ubicada en la calle San José Obrero al 300. Allí una mujer se encontraba durmiendo junto a sus hijos de 12 y 16 años cuando fueron sorprendidos por seis sujetos, quienes los levantaron de la cama. Los malvivientes maniataron a los adolescentes con cinta de embalar y un grupo se quedó en la casa con los menores y al menos tres se llevaron a la mujer en el auto de ella hasta la distribuidora denominada “Lon Can S.A.”, ubicada en calle Ameghino al 300. Una vez en el lugar descendieron y al acercarse se activó la alarma, la que fue rápidamente desactivada por la víctima. Ya en el interior del local los sujetos amenazaron verbalmente a su víctima, quien por temor a que les hicieran daño a sus hijos les indicó a sus atacantes que el dinero se encontraba en un maletín que estaba en una de las oficinas.

Tras alzarse con el botín de $500 mil, los delincuentes regresaron junto con la víctima a su casa, donde buscaron a los otros malvivientes y antes de darse a la fuga -al parecer con el auto de la víctima- los dejaron encerrados.

La mujer tras la huida de sus atacantes alertó a la policía y al lugar se desplazó una comisión de la comisaría Sexta, quienes al entrevistarse con la víctima.

Con los primeros datos recabados se implementó, con la colaboración del Comando Radioeléctrico, un operativo de rastrillaje para lograr dar con los delincuentes. De la entrevista mantenida con la mujer surgió que los delincuentes se habían llevado de la distribuidora Lon Can medio millón de pesos que se encontraban en un maletín.

 

El juicio

Abierto el debate se interrogó a las partes si tenían cuestiones previas que formular, las que fueron manifestadas por las partes. Posteriormente, se invitó a los imputados a prestar declaración indagatoria durante la audiencia, pero ambos negaron tener participación en el hecho que se les enrostra. Acto seguido se procedió a incorporar por lectura las pruebas ofrecidas por las partes.

Posteriormente el Tribunal Oral, presidido por el Dr. Joaquín Cabral, escucharon a los testigos y las partes solicitaron que los testimonios de los peritos fuera agregada por lectura.

Una vez finalizada con las formalidades del debate, las partes dieron sus alegatos. 

Tanto la querella como la Fiscalía consideraron que las pruebas eran contundentes como para atribuir responsabilidad por el hecho a los imputados basando su acusación en la validez del reconocimiento en rueda de personas, los que fueron concluyentes y ante a la hora de su realización por parte de la determinantes damnificada. Calificaron la conducta de los imputados en el delito de robo doblemente agravado por ser cometido con armas, en poblado y en banda. Por su parte, los Defensores sostuvieron que el reconocimiento en rueda es nulo, toda vez que la testigo damnificada había visto anteriormente en el comercio y en la red social Facebook a los acusados; entendiendo que de considerar válida la diligencia se afecta el debido proceso y la imparcialidad de los jueces. Por otro lado la defensa de Guaymas expresó que su defendido no tiene nada, ni auto, ni cuentas bancarias; por otro lado, en el expediente no hay otra prueba que lo vincule con el hecho; las huellas de calzado no coinciden con los suyos, pone en duda la existencia del cuchillo explicando que en la instrucción la querellante dijo que su hijo le contó que uno de ellos tenía un arma blanca y en el juicio la mujer expresó haberlo visto. Ambos defensores solicitan la absolución de sus asistidos.

Por último el Tribunal les consultó a los imputados si querían decir algo más, y ambos expresaron ser inocentes. Ya con eso el Tribunal se retiro a deliberar.

 

El fallo

Luego de analizar todas las cuestiones necesarias, en la mañana de ayer, el Tribunal Oral de la Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción, falla:

1- No hacer lugar al planteo de nulidad de las diligencias de reconocimiento en rueda de personas efectuado por la defensa técnica de cada uno de los imputados.

2- Condenar a Luis Carlos Guaymas y Faustino Leguizamón a la pena de cinco  años de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlos autores penalmente responsables del delito de Robo Agravado por el uso de armas y por ser cometido en poblado y en banda.

3- Mantener el estado de detención de Luis Carlos Guaymas y Faustino Leguizamón en la dependencia policial donde se encuentran actualmente alojado.

 

 

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