Modificación de artículos Alcohol en la calle: sanciones de días de arresto y tareas de utilidad pública El proyecto ingresó hace más de un mes a la Legislatura pero se trabaja desde hace por lo menos 8 años en la prohibición alcohol en la vía pública. 29/12/2017 • 07:30 El 16 de noviembre ingresó el proyecto en Diputados. Detener audio Escuchar Hace más de un mes el proyecto que prohíbe y sanciona el consumo de alcohol en la vía pública finalmente ingresó en la Legislatura provincial. Fue después de haber sido confeccionado en COMUNA durante más de dos años, y cuyo retraso se debió a los "retoques" que las fuerzas policiales debían darle. El retraso data de años. En 2010 el Consejo Municipal de la Niñez y Adolescencia lo había incluido dentro del Código Provincial de Faltas, pero fue vetado ese año por chocar con normas nacionales. Debieron pasar casi ocho años para que retornara al recinto. El proyecto dispone de sanciones no solo por quien consuma en la vía pública sino también para quien lo haga en un radio cercano a una institución educativa, como lo adelantó este medio hace meses. En detalle, se incorpora en el Artículo 62 bis, 1er y quater diversas sanciones. En el primero, se sancionará con arresto o tareas de utilidad pública de cuatro a quince días "el que consumiere bebidas alcohólicas en la vía pública, excepto en lugares y horarios expresamente habilitados por autoridad competente". Cuando el consumo sea en plazas o en un radio "menor a los ciento cincuenta metros de un establecimiento educativo de cualquier nivel" la sanción será de cinco a veinte días de arresto o tareas de utilidad pública, aunque si son dos las personas la sanción se agrava y será de 5 a 25 días. La norma alcanza también a quien se encuentre bajo el estado de ebriedad intoxicado por efectos de estupefacientes o psicofármacos con 4 a 20 días de arresto, en donde la policía podrá "adoptar las medidas necesarias o convenientes pare el mejor resguardo de la integridad física de los afectados y para hacer cesar la infracción o evitar que se incurra en ella". Incluso si se constata una adicción al alcohol, estupefacientes, se dará intervención al Juzgado de la Familia y si presenta riesgo la persona será enviado al hospital más cercano. Si es menor quien estuviera en "estado de ebriedad o bajo la acción o efecto del alcohol, de estupefacientes, psicofármacos o cualquier otra sustancia, la autoridad policial dará inmediato aviso e intervención a la autoridad de aplicación de la Ley Provincial N°3062". Por último el Artículo 4 estipula la misma sanción para quien "ingrese y consumiere bebidas alcohólicas (cualquiera fuere su graduación) en el interior de establecimientos públicos o en el interior de estadios u otros sitios en los que se realicen en forma masiva actividades deportivas, educativas, culturales o artísticas, excepto en los lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad competente". Temas alcohol Lás más leídas en Política 1 El Gobierno lanzó vouchers para quienes no pueden pagar aumentos de colegios privados Santa Cruz 2 Intendente Aravena: “YCRT debe seguir en manos del Estado” Santa Cruz 3 Carlos Alegría: "Se trató de un espacio de encuentro, diálogo y consensos" Santa Cruz 4 Conformarán otras cinco comisiones en la Cámara baja Santa Cruz 5 González: “Esta alianza va a significar más trabajo para la región y bienestar para todos” Santa Cruz
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