Legislatura

Entró en vigencia la regulación de la disposición final de neumáticos

Fue publicada esta semana en el Boletín Oficial. La nueva norma hace hincapié en el fin de promover políticas para la gestión integral de los neumáticos en desuso mediante el desarrollo e implementación de programas.

  • 16/12/2017 • 11:14
Quema de ayer en la Cámara de Diputados. (C.R.).
Quema de ayer en la Cámara de Diputados. (C.R.).

Tiempo atrás la Cámara de Diputados había sancionado un proyecto de ley donde  prohibía en todo el territorio de Santa Cruz la quema de neumáticos y la disposición final de estos en lugares no autorizados.

Esta ley en realidad venía a completar otra que ya hablaba de la prohibición de la quema de neumáticos pero nada decía de la disposición final de éstos. Entre algunas de las exigencias que se le imponen al Poder Ejecutivo Provincial, se encuentran:

a) establecer programas y lineamientos para el desarrollo de una estrategia provincial referida al manejo sustentable de neumáticos en su ciclo de vida, particularmente los neumáticos en desuso;

b) recomendar y especificar los sitios permitidos para el depósito y disposición final de neumáticos en desuso;

c) establecer para los distribuidores y comerciantes de neumáticos la obligación de elaborar planes empresariales de prevención tendientes a prolongar la vida útil de los neumáticos y facilitar su reutilización y reciclado.

Por su parte, se indica que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Estado de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz.

En cuanto a las penalidades, se manifiesta que constatada la quema de neumáticos, ésta deberá ponerla en conocimiento de cualquier Juez de la jurisdicción en la que se produzca el hecho, quien en un plazo no mayor a las 6 horas deberá decretar el cese inmediato de la misma, para lo cual podrá hacer uso de la fuerza pública y aplicar sanciones pecuniarias progresivas para lograr el cumplimiento de lo dispuesto. Esto sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder por el “Código de Faltas de la provincia de Santa Cruz”, y de las acciones civiles y penales pertinentes.

 

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