Justicia

Marinkovic falló en contra de designación de Gaitán y sancionó a Tanarro y Eskenazi

Para el juez de Primera Instancia, Francisco Marinkovic, el nombramiento de Romina Gaitán en el Tribunal de Cuentas es nulo e inconstitucional por contrariar los principios de razonabilidad y transparencia. En tanto, sancionó a los abogados de la Fiscal de Estado por su “lenguaje indecoroso, desconsiderado e impertinente”.

  • 09/12/2017 • 10:44
Marinkovic volvió a sentenciar en contra de una acción del oficialismo. (Archivo).
Marinkovic volvió a sentenciar en contra de una acción del oficialismo. (Archivo).

Con fecha 7 de diciembre se dictó sentencia de primera instancia en autos “Stoessel c/Estado Pcial s/Amparo” haciéndose lugar a la demanda y declarando la nulidad por inconstitucionalidad de la designación efectuada a propuesta del Poder Ejecutivo y con acuerdo de la Cámara de Diputados, de la Dra. Romina Gaitán como Vocal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz.

En el fallo del Juez de Primera Instancia Francisco Marinkovic se argumenta que dicha designación es contraponerse a la siguiente normativa constitucional y supralegal: principio de razonabilidad (art. 28 Constitución Nacional y art. 17 Constitución Provincial), transparencia (previsto en los arts. 5, 6 y 7 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción).

 

Nulidad del cargo- Cabe recordar que Marinkovic ya había fallado con una medida cautelar para que el Tribunal de Cuentas se abstenga de prestarle juramento a la Dra. Gaitán, hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo. Lo hizo tras la presentación del vocal por la Minoría, Javier Stoessel, quien alegó la incompatibilidad del cargo que iba a ostentar Gaitán y el que ejerce su marido, el ministro de Gobierno Fernando Basanta.

TiempoSur tomó conocimiento de la sentencia del Juez en la que sostiene: “…Dados todos los argumentos expuestos, entiendo que la designación de la Dra. Gaitán como Vocal del Tribunal de Cuentas de la provincia de Santa Cruz, resulta nula, dada su inconstitucionalidad, por contrariar los principios de razonabilidad (artículo 28 Constitución Nacional y art. 17 Constitución Provincial), transparencia (previsto en los arts. 5, 6 y 7 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción).

 

Sanción monetaria a Tanarro y Askenazi- Por su parte, el juez Francisco Marinkovic también emitió una sanción disciplinaria a los letrados que representan al Estado Provincial, Fernando Tanarro y Andrea Askenazi. Al respecto, habló de “lenguaje indecoroso, desconsiderado e impertinente utilizado en los distintos escritos que han suscripto”.

El magistrado hace referencia a la apelación interpuesta por la Fiscalía de Estado donde el fiscal Fernando Tanarro calificaba –como informó en esa oportunidad TiempoSur- como “lamentable” a la resolución del Juez y hasta sostenía: “Como ya es una constante en la Secretaría de Amparos contra el Estado Provincial se dicta nuevamente una medida cautelar que genera graves consecuencias institucionales de pretexto en este caso de genéricas invocaciones no probadas ni siquiera mínimamente”.

Para el Fiscal se había perdido “absolutamente la imparcialidad, poniéndose acento no en el interés público sino en el particular, favoreciendo a algunos –los de siempre-, para lo cual se hace uso y abuso de procedimientos pensados para asegurar el goce de derechos fundamentales”.

También hablaba de “falta de fundamentos en el caso para otorgar una medida que genera -como ya hemos dicho– una cuestión de gravedad institucional” y “es alarmante y evidencia una intencionalidad que trasciende lo jurídico para situarse en un plano evidentemente político”.

Al respecto, pone una sanción consistente en una multa de 4.430.00 pesos a cada uno y sostiene que ese comportamiento ya lo tuvieron en otras oportunidades pero había preferido no sancionarlos.

Cabe destacar que seguramente la Fiscalía de Estado apelará este fallo –tanto lo concerniente con Gaitán como la sanción disciplinaria- del juez Marinkovic por lo que el tema debería ir a segunda instancia.

 

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