Cámara de diputados

Intentan meter en agenda la discusión la Ley de Cupo Femenino en Santa Cruz

El último proyecto presentado fue hace un año por la legisladora Myriam Alonso (FPV/PJ), quien retomó una idea de su par Selsa Hernández elevado en el 2014 y que en su momento significó un quiebre dentro de un congreso partidario del PJ. Ayer, la ex funcionaria Roxana Totino se lo entregó al diputado Darío Menna (FPV/PJ).  

  • 16/11/2017 • 11:18

“Hicimos entrega al Diputado (Darío) Menna del documento donde solicitamos aprobación de la Ley de Cupo 50/50”, indicó ayer a través de su cuenta de Instagram la ex titular de la Secretaría de la Mujer, Roxana Totino.

Es que tanto Totino como Norma Cabas, ex funcionarias de la gestión de Daniel Peralta, renunciaron –entre otras cosas a sus cargos- luego de una discusión en un congreso partidario del PJ.

Allí, intentaban hacerse eco de los reclamos de la diputada Selsa Hernández, impulsando una Ley de Cupo Femenino, que habilitara a que el 50% de las listas de cara a las elecciones estén conformadas por mujeres.

 

Qué dice el proyecto de Alonso- Hace exactamente un año, en noviembre del 2016, la diputada provincial Myriam Alonso (FPV Deseado), solicita que las listas deberán estar compuestas en un mínimo del 50% de personas del género femenino de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidades de resultar electas (hasta ahora es del 33%).

La inquietud de la diputada Myriam Alonso toma la idea precisamente de Selsa Hernández, quien había impulsado esa reforma en el 2014.

El proyecto de ley establece que las listas de candidatos que se presenten para elecciones provinciales y municipales -correspondiente a localidades que no hubieran sancionado Carta Orgánica- deberán estar compuestas en un mínimo del 50% de personas del género femenino de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidades de resultar electas.

También que en las listas deben ubicarse los géneros en forma intercalada desde el primero al último lugar en el orden numérico de las candidaturas titulares y   suplentes. En caso de producirse una vacante en la lista que correspondiera a   una mujer, ésta debe ser cubierta por otra candidata del mismo género que siga en el orden establecido en la lista oficializada por el Tribunal Electoral Permanente, y este suplente completará el período del titular al que reemplace. No será oficializada ninguna lista que no cumpla estos requisitos.

Sostiene que, a los fines de garantizar a los candidatos de ambos géneros una equitativa posibilidad de resultar electos, la participación establecida deberá respetar el siguiente orden de inclusión: a) las listas de candidatos titulares y suplentes deberán efectuar la postulación en forma alternada y secuencial. b) cuando se convoque para elegir un solo cargo deliberativo, el candidato podrá ser indistintamente de cualquier sexo. Se presentarán juntamente con el pedido de oficialización de las listas, datos de filiación completos de sus candidatos y el último domicilio legal.

 

¿Se vienen cambios?- Un dato innovador es que el proyecto aclara que el género del candidato estará determinado por su Documento Nacional de Identidad (DNI), independientemente de su sexo biológico. Dentro de los cinco días subsiguientes el Tribunal Electoral Permanente dictará resolución, con expresión concreta y precisa de los hechos que la fundamentan. La lista oficializada de candidatos será comunicada por el Tribunal Electoral Permanente al apoderado del “Sub-Lema” correspondiente”.

Desde entonces, el proyecto hasta el momento no fue tratado (sigue en comisiones) y además se da en medio de los rumores que empiezan a tomar forma de cara al año que viene, de un nuevo cambio en la ley electoral de Santa Cruz. Por lo pronto, el sistema sigue siendo de una participación de mujeres del 33% obligatorio en las listas.

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