Judiciales Muriete dijo que sólo en Santa Cruz los imputados quedan detenidos hasta el juicio oral El abogado fue consultado por el caso del preso que hizo huelga de hambre a la espera de avance judicial de la causa. El defensor señaló que a nivel nacional rige la ley que establece que no pueden pasar más de dos años detenidos sin juicio oral. 01/11/2017 • 19:30 La Ley nacional establece como máximo dos años. Detener audio Escuchar Hoy TiempoSur dio a conocer el caso de Jorge Gutiérrez, imputado en una causa de robo y detenido desde hace dos años, a la espera del juicio oral. Al no haber avances en la causa judicial, el detenido inició una huelga de hambre en la Alcaidía. El pedido que elevó a la Cámara en lo Criminal de Primera circunscripción fue la excarcelación, pero no hubo respuestas. En este marco, el abogado Carlos Muriete fue entrevistado por Tiempo FM y explicó que estas situaciones pasan solamente en Santa Cruz “donde quedan detenidos hasta el juicio oral”. Aclaró que en el distrito deben regirse por la ley nacional 24.390, que establece en su primer artículo que la prisión preventiva no podrá ser mayor a dos años. “Esa ley está con los pactos internacionales de derechos civiles y humanos. Serían dos años con prórroga a seis meses, luego hay que dejarlos en libertad. En cualquier provincia es eso, menos en Santa Cruz, donde quedan detenidos hasta el juicio oral” explicó Muriete. Sostuvo que a nivel provincial el conflicto sindical puso un freno al poder Judicial, por lo que los juicios se realizan solamente los martes y jueves. Muriete indicó que en la Justicia provincial hay varias falencias, que conllevan que el personal tenga que hacer un esfuerzo para realizar los Juicios. “Los juicios del interior deben hacerlos acá porque no hay presupuesto. El Juzgado Civil está parado, no se han iniciado causas civiles” puntualizó el entrevistado. Qué dice la ley 24.390 ARTICULO 1º-La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años. No obstante, cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de las causas hayan impedido la finalización del proceso en el plazo indicado, ésta podrá prorrogarse un año más por resolución fundada que deberá comunicarse de inmediato al tribunal de apelación que correspondiese para su debido contralor. ARTICULO 2º-Los plazos previstos en el artículo precedente serán prorrogados por seis meses más cuando los mismos se cumpliesen mediando sentencia condenatoria y ésta no se encontrare firme. Temas judiciales Lás más leídas en Policiales 1 Realizaron operativo de prevención de ciberestafas Santa Cruz 2 Incautaron elementos tras allanamiento por robo Santa Cruz 3 Gendarmería Nacional incautó más de 200 pescados Santa Cruz 4 Motociclista hospitalizada tras colisión Santa Cruz 5 Bomberos sofocaron incendio sobre residuos Santa Cruz