Fin de año

Río Gallegos| Pirotecnia: Qué dice la ordenanza

Como cada mes de diciembre, vuelve la discusión sobre el uso de este tipo de artefactos. Qué dice la normativa y por qué han ido en desuso.

  • 04/12/2020 • 12:11
Siguen las ordenanzas vigentes.
Siguen las ordenanzas vigentes.

Como cada fin de año en Río Gallegos, vuelve la vieja discusión sobre la pirotecnia. Si bien año a año va bajando la cantidad de personas que utilizan este tipo de elementos, lo cierto es que todavía quedan personas que compran. De todas maneras a nivel nacional el uso de esto volvió a ponerse en tela de juicio, principalmente por el impacto que tiene en niños con autismo y en las mascotas. Ayer desde el Municipio de Río Gallegos informaron que de momento no han iniciado trámites para la habilitación de locales dedicados a la venta de pirotecnia. En un año marcado por la pandemia y la situación económica viéndose afectada por la influencia del virus, habrá que esperar unos días para ver si vuelven a abrir o no en Río Gallegos. Vale recordar que en la capital santacruceña varias organizaciones en relación al autismo han levantado la voz contra el uso de este tipo de explosivos.

Ahora y en este 2020 en particular, en caso de abrir locales, estarán sujetos no solamente a las normativas referentes a la seguridad interna (debido a los explosivos), sino también a la cuestión sanitaria.

 

Qué dice la ordenanza

La norma prohíbe en Río Gallegos los artificios pirotécnicos denominados: Petardo, Fósforo, Batería, Bengala, Volcán, Fuente, Mortero, Candela, Mortero con Bomba, Bomba, Fogueta, Torta, Caña Voladora, Giratorio y demás afines y/o similares. Quedaron exceptuados de la lista los denominados: Estallo, Estrellita y Bengalita sin Humo, todos estos inscriptos en las categorías encuadradas en la clasificación de acuerdo a la Disposición Nº077/05 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados “ANMaC”, agrupados dentro de la clasificación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº20.429 y su reglamentación; quedaron por fuera los elementos llamados inofensivos, es decir sin mecha, que estallan por fricción o impacto, (“fosforitos”, “estrellitas”, etc.) se recomienda el uso responsable de los mismos.

La Ordenanza N°8875 en su artículo 1º prohíbe en el ámbito del ejido urbano de la Municipalidad de Río Gallegos, la tenencia, fabricación, comercialización, transporte, depósito, venta al público mayorista o minorista y uso particular de los siguientes artificios pirotécnicos de uso festivo: Petardo, Fósforo, Batería, Bengala, Volcán, Fuente, Mortero, Candela, Mortero con Bomba, Bomba, Fogueta, Torta, Caña Voladora, Giratorio y demás afines y/o similares.

El objetivo de la normativa es “desalentar la distribución y venta de este tipo de productos que, lejos de sumar algo, producen daños a personas enfermas, niños con trastornos de autismo, adultos mayores y mascotas”.

 

A nivel nacional

La Cámara Argentina de Fabricantes de Pirotecnia alienta el uso de elementos de bajo impacto sonoro y pide la legalidad de su venta.

La idea de la Cámara es propiciar el diálogo, la negociación y el hallazgo de consensos para tratar de lograr acuerdos sino adelantaron que recurrirán a la Justicia. Como organización alientan el uso de elementos de bajo impacto sonoro. Llevan adelante campañas en conjunto con instituciones que reúnen a familiares de personas con autismo y otros síndromes donde la consigna es “Elegí pirotecnia con más luces y menos ruidos”.

1) El responsable de encenderlos siempre debe ser un adulto

2) Nunca encenderlos mientras se sostiene con la mano. Únicamente hacerlo después de apoyarlos en el suelo, en superficies planas y lisas. Las estrellitas y bengalitas se pueden encender en la mano, pero siempre bajo la vigilancia y encendido por un adulto.

3) Nunca coloque la cara, o cualquier otra parte del cuerpo, sobre el producto encendido.

4) Encenderlos de uno por vez, por la mecha debida y dándose el tiempo de alejarse a una distancia segura.

5) Lo ideal es usar algún implemento que le permita tener la llama de encendido alejada de su mano, como los encendedores de hornallas.

6) No use para el encendido papeles o resistencias como las que se usan para calentar el agua de los termos.

7) Nunca apunte o lance fuegos artificiales a otra persona.