Comida al paso Regularizar la actividad Si bien hay una ordenanza que regula la venta ambulante y la introdccion de mercadería para el consumo humano mediante puestos fijos, o también llamados food truck, la misma ha queda obsoleta ante el crecimiento exponencial de los carritos de comida. 15/06/2021 • 09:15 en Río Gallegos existe al menos una decena de carros dedicados a la elaboración de alimentos Detener audio Escuchar La regularización de venta ambulante y la introdccion de mercadería se rige bajo Ordenanza N°3039 sancionada en junio de 2001, al menos unos diez años antes de la llegada del primer carrito de comida, o food truck, a la costanera local, y en tiempos donde la actividad se reducía específicamente a puestos fijos del rubro quiosco. Hoy a 20 años de la ordenanza promulgada por el Ejecutivo, en Río Gallegos existe al menos una decena de carros dedicados a la elaboración de alimentos, a los cuales nos referiremos en esta ocasión. El punto neurálgico es la costanera local, donde a la fecha se ubican 5 food truck que se dedican a la venta de panchos, milanesas, papas fritas, empanadas, sándwiches de los más variados y bebidas sin alcohol. Estos emprendimientos se han expandido por la ciudad y hoy también se los puede ver en algunos puntos céntricos, incluso incumpliendo con la normativa vigente, y fuera de todo control. En este punto vale la pena señalar que el órgano de contralor de la actividad, por ordenanza, será el departamento de bromatología y veterinaria. Específicamente, en lo que refiere a la elaboración de alimentos, el Artículo 20 menciona que “la elaboración de emparedados, se hará utilizando productos en buen estado de conservación”, mientras que el Artículo 23, remarca que “la municipalidad definirá un lugar de emplazamiento”. En un recorrido por algunos de los puestos fijos (food truck) instalados en la ciudad, algunos de los propietarios declaran que no siempre son reglas que se cumplen, incluso manifiestan que la ordenanza ha quedado obsoleta y no muchos la cumplen. Para algunos concejales consultados por TiempoSur, si bien sería materia de estudio, la ordenanza debe hoy especificarse aún más, sobre todo porque el rubro ha crecido a lo largo de los últimos 20 años desde sancionada la ordenanza. Para lo que refiere a los carritos o puestos fijos, la ordenanza plantea que “se permitirá su instalación en veredas cuyo ancho sea mayor o igual a 4 metros; no podrán instalarse a menos de 100 metros de un local habilitado para la venta de los mismos artículos que expende, salvo autorización del comerciante; no podrán ubicarse a menos de 10 metros de una parada de transporte público de pasajeros, o de taxis, o de remisses; queda prohibida su instalación en lugares que por razones de seguridad en el tránsito resulten inconvenientes; no podrán instalarse a menos de 100 metros de otros permisionarios autorizados; no se instalarán a menos de 20 metros de las puertas de acceso a lugares de afluencia masiva de público”, normas que según algunos de los emprendedores que buscan regularizar la situación se incumplen a diario. Según pudo conocer TiempoSur existen intenciones de algunos propietarios de avanzar en una nueva reglamentación y en pedidos de controles ante el incumplimiento de algunos puesteros. Temas Río Gallegos comida alimentos venta ambulante Lás más leídas en Info General 1 El Gobierno habilitará a las universidades a que le cobren aranceles a extranjeros Santa Cruz 2 Declaran a Jairo Guzmán como persona no grata Santa Cruz 3 Colaboración entre pesqueros de Caleta Olivia Santa Cruz 4 Se viene la Fiesta de las colectividades Santa Cruz 5 Chubut afianza su relación con la industria de Cruceros Santa Cruz