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Pico Truncado| Nuevos horarios y actividades habilitadas

El Gobierno de Santa Cruz, mediante resolución de Jefatura de Gabinete, estableció nuevo horario de funcionamiento para las actividades y servicios habilitados en esa localidad de zona norte que se encuentra en distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

  • 03/12/2020 • 22:32
Pico Truncado| Nuevos horarios y actividades habilitadas
Pico Truncado| Nuevos horarios y actividades habilitadas

El Gobierno Provincial, a través de la resolución de Jefatura de Gabinete N° 88, y a pedido del Municipio de Pico Truncado estableció el nuevo horario de funcionamiento de las actividades y servicios habilitados según la siguiente modalidad:

  • Supermercados desde las 08:00 hasta las 20:00 horas
  • Comercios de cercanía de productos alimenticios y artículos de limpieza desde las 08:00 hs hasta las 23:00 hs.
  • Farmacias: horario corrido desde las 08:00 hasta las 21:00 hs.
  • Rubro Gastronómico y otros similares solamente con servicio de delivery y take away de comidas elaboradas podrá extender su horario de funcionamiento hasta las 23:30 hs.

- Venta de bienes y mercadería de comercios minoristas, así como servicios con atención al público observando el distanciamiento social de 2 metros entre los concurrentes, no pudiendo en ningún supuesto exceder el 50% del espacio físico del establecimiento comercial, conforme los rubros determinados por el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria mediante Resolución Nº 266/20 y bajo la siguiente modalidad:

1.- Público en general entre las 08:00 a 20:00 hs.-

2.- Adulto Mayor y grupo de riesgo exclusivamente entre las 12:00 a 14:00 hs.

En tanto, la modalidad de entrega a domicilio y/o delivery  permitida será efectuada conforme la habilitación que especifique la autoridad municipal.   

Todas las actividades y servicios detallados deben cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia.

Asimismo, queda terminantemente prohibido las siguientes actividades:

  1. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.
  2. Centros comerciales, cines,  teatros,  centros  culturales,  bibliotecas,  museos,  restaurantes,    bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio  público o privado que implique la concurrencia    de personas.
  3. Servicio de transporte público urbano.
  4. Turismo.
  5. Reuniones familiares y/o sociales.-

Por último, el Gobierno de Santa Cruz instó a los titulares y/o responsables de los servicios y actividades habilitadas a implementar el sistema de seguimiento y trazabilidad de casos positivos y contactos estrechos a través de la carga informática de los datos requeridos en la página web https://trazabilidad.santacruz.gob.ar/ .-