Cámara de Diputados

Avanza la ley de promoción y desarrollo de las personas con discapacidades

Se trata de un proyecto de autoría del legislador Eloy Echazú. El mismo fue analizado en comisión y se encuentra pronto a ser aprobado en el recinto. Este jueves habrá nueva sesión.

  • 25/08/2021 • 08:15
Proyecto tratado en comisiones.
Proyecto tratado en comisiones.

Este jueves se llevará adelante una nueva sesión en la Cámara de Diputados. Como cada semana de por medio, los legisladores provinciales debatirán proyectos de ley y resoluciones referentes a la coyuntura de Santa Cruz. Previo a eso y con la rutina diaria en la Legislatura, comenzó este lunes la realización de comisiones, donde los diputados analizan y plantean modificaciones a lo ingresado en sesiones ordinarias. Una de las particularidades del proyecto –que será desarrollada más adelante- establece el porcentaje de personas con discapacidad que deberán ser tomadas como puestos laborales en el Estado. El proyecto busca generar esta mayor integración y ampliar derechos.

"El proyecto está en comisiones, es una actualización de la Ley de Discapacidad. Estuvimos trabajando con ese proyecto. Buscamos modificar la iniciativa general. Trabajamos con Bersanelli, que es una mujer que está interiorizada con la cuestión de la discapacidad", explicó Eloy Echazú en diálogo con este medio.

"Queremos adherir a la convención de derechos con personas de discapacidad, cambiando artículos referentes al vocabulario y ampliarlo al sector privado. Además, se está evaluando el órgano", remarcó.

En la reunión, la Lic. Bersanelli explicó que “la discapacidad es una construcción social y que todos debemos cambiar la perspectiva de la discapacidad en el marco de la convención de los derechos de las personas con discapacidad” y luego de relevar varios artículos de la iniciativa indicó que “la ley debe establecer un trabajo articulado de todas las áreas y la autoridad de aplicación debe ser el estamento más alto del Gobierno”.

Posteriormente indicó que se deben garantizar todos los servicios para las personas con discapacidad sin hacer diferencias, pero sí deben contar con los sistemas comunicativos que sean necesarios, por ejemplo, lengua de señas, sistema braile, etc.

 

En uno de sus artículos plantea que el Ministerio de Salud y Ambiente pondrá en ejecución programas a través de los cuales se habiliten servicios de apoyo destinados a las personas con discapacidad en hospitales y establecimientos de sus respectivas jurisdicciones, de acuerdo a las necesidades y discapacidad a cubrir. Promoverán, también, la creación de talleres protegidos terapéuticos y tendrán a su cargo la habilitación, registro y supervisión, invitándose a las Municipalidades a concretar acciones similares.

“El Ministerio de Desarrollo Social: Apoyará de manera total o parcial la creación de espacios de interacción social, talleres, capacitación y formación, como así actividades recreativas; deportivas; culturales; centro social para personas con discapacidad; con el fin de promover espacios tendientes a garantizar participación social plena en equidad de oportunidades, reservándose en todos casos la facultad de reglamentar y fiscalizar sus funcionamientos. Serán tenidas en cuenta, para prestar ese apoyo, las actividades de las entidades sin fines de lucro”, remarcan en el proyecto en comisiones.

 

El proyecto

Asimismo establece que el Estado provincial, sus Organismos Descentralizados, las Empresas del Estado deberán ocupar personas con discapacidad, que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) anual de ingreso, con las modalidades que fije la reglamentación, invitándose a las Municipalidades a tomar recaudos semejantes.

En caso de avanzar con la normativa, los empleadores que concedan empleo a personas con discapacidad, tendrán derecho al cómputo de una reducción especial en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, equivalente al setenta por ciento (70%) de las retribuciones correspondientes al personal con discapacidad, en cada período fiscal.

El cómputo del porcentaje antes mencionado deberá hacerse al cierre de cada período.

Se tendrán en cuenta las personas con discapacidad que realicen trabajos a domicilio.