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Monotributo: en qué casos no debo hacer la recategorización

La AFIP ya actualizó, de manera oficial, los nuevos valores. También, ya es posible hacer este proceso administrativo que tiene como fecha límite el 22 de enero.

05/01/2024 • 09:57

Las recién implementadas tarifas del Monotributo para el año 2024 ya están en vigencia, permitiendo la recategorización según los montos actualizados establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Después de ajustar los valores de las escalas y las contribuciones mensuales en un 110,9 % desde el 1° de enero de este año, la entidad liderada por Florencia Misrahi, también ha autorizado la opción de realizar este trámite.

En qué casos no corresponde hacer la recategorización del monotributo

Esta acción deberá llevarse a cabo, exclusivamente, por aquellos que excedan o estén por debajo de los límites establecidos por la AFIP para cada categoría, lo cual afecta directamente la cuota a abonar.

Asimismo, no se debe realizar la recategorización si ha transcurrido menos de seis meses desde la adhesión al régimen simplificado. Si el lapso es de entre seis meses y menos de doce, es necesario anualizar los ingresos.

Cuál es la fecha límite para recategorizarme en el monotributo

Los pequeños contribuyentes tienen plazo hasta el lunes 22 de enero, inclusive, para examinar sus ingresos brutos del año pasado y solicitar la modificación de categoría, en caso de ser necesario.

Cómo saber en qué categoría estoy del monotributo

Para determinar la categoría apropiada en el Monotributo, es esencial considerar los siguientes criterios, en relación a los últimos 12 meses:

Cómo recategorizarme como Monotributista

Para realizar la recategorización por cambios en los ingresos brutos:

Cuáles son las nuevas escalas del monotributo

A continuación, se detallan los nuevos parámetros y las cuotas correspondientes para cada categoría en las actividades de venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios:

Categoría A: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 2.108.288,01 - Valor de la cuota mensual: $ 12.128,39

Categoría B: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $3.133.941,63 - Valor de la cuota mensual: $ 13.561,75

Categoría C: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 4.387.518,23 - Valor de la cuota mensual: $ 15.241,42

Categoría D: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 5.449.094,55 - Valor de la cuota mensual: $ 19.066,46

Categoría E: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 6.416.528,72 - Valor de la cuota mensual: $ 24.526,43

Categoría F: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $8.020.660,90 - Valor de la cuota mensual: $ 29.223,11

Categoría G: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 9.624.793,05 - Valor de la cuota mensual: $ 33.439,61

Categoría H: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 11.916.410,45 - Valor de la cuota mensual: $ 56.402,68

Categoría I: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 13.337.213,22 - Valor de la cuota mensual: $ 81.121,96

Categoría J: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 15.285.088,04 - Valor de la cuota mensual: $ 93.619,47

Categoría K: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive: $ 16.957.968,71 - Valor de la cuota mensual: $ 106,964,65

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