Santa Cruz

El Tribunal Superior suspendió los plazos judiciales

Esto es en el marco de la Pandemia Mundial por el Coronavirus.

16/03/2020 • 22:38

 En el marco de la Pandemia Mundial por el Coronavirus y el Decreto de Necesidad y Urgencia N°260/2020, el Tribunal Superior de Justicia informa:

1-Declarar Inhábil el periódico comprendido entre los días 17 y 31 inclusive, en la totalidad de las dependencias Judiciales de la Provincia de Santa Cruz, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan.

2-Disponer que las dependencias judiciales aseguren una prestación mínima del Servicio de Administración de Justicia, durante el plazo establecido en el punto anterior, debiendo cubrirse prioritariamente con los Magistrados, Funcionarios y personal mínimo e indispensable que el titular de cada dependencia determine, licenciándose al resto del personal con goce de haberes, hasta tanto de dispongan nuevas disposiciones en esta materia. 

3-Fijar el horario laboral de funcionamiento de las distintas dependencias judiciales, durante dicho período, de 8 a 12 horas (Turno Matutino) y de 12 a 16 horas (Turno vespertino).

4-Suspender la atención al público, salvo para las actuaciones procesales en la que resulte indispensable la presencia de Letrados y/o las partes.

5-Establecer que en los asuntos que no admiten demoras, las partes podrán solicitar la habilitación de días y horas inhábiles en los términos del Art. 154 del CPCyC.

6-Disponer que en aquellos casos de menores de edad escolar (Nivel inicial, primario y secundario) cuyos padres o madres cumplan funciones en este poder judicial, se exceptuará de asistir a su lugar de trabajo. Si ambos de desempeñan en el poder judicial, la licencia se otorgará solo a uno de ellos.

7-Exhortar a la totalidad del personal judicial a dar cumplimiento a los protocolos, recomendaciones, normativas de las autoridades Nacionales y Provinciales, con competencia en la materia, a fin de evitar la propagación de la pandemia, extremando los cuidados de higiene y prevención, debiendo dar especial cumplimiento a las medidas de cuarentena, aislamiento y permanencia en los domicilios. 

8- Regístrese. Comuníquese. Publíquese en la página web del Poder Judicial. Tome conocimiento Secretaría de Superintendencia y Jurisprudencia, Dirección General de Administración (Contaduría), Dirección de Administración (Prosecretaria) y Dirección de Informática. 

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