Perfiles en Río Gallegos

El DNU nacional generó dudas y reclamos en los usuarios de internet

La medida que tomó Presidencia para declarar como servicio público a los servicios coincidió con un incremento en la factura de los mismos. Qué dice el Decreto y dónde se pueden despejar dudas.

04/09/2020 • 08:17

Durante las últimas semanas varias compañías de internet y telefonía celular tenían planeado un incremento en las tarifas de sus servicios. El mismo coincidió con la decisión del Gobierno Nacional de declarar como servicio público las conexiones, todo en un contexto en que internet y los teléfonos portátiles cobraron vital importancia por la pandemia y la cuarentena. Es por esto que durante las últimas semanas varios de los usuarios comenzaron, tanto a través de los canales de comunicación como las redes sociales, a reclamar por esto. Según pudo conocer TiempoSur, fueron varios los vecinos de la ciudad de Río Gallegos que elevaron estos reclamos, a los que en un primer momento las operadoras respondieron basándose en que el incremento fue liquidado previo a la declaración por parte de Nación. A esto le sumaron las constantes quejas por parte de la calidad del servicio, en una ciudad que tiene la mayor cantidad de quejas hacia defensa al consumidor dedicados al internet y la conexión al celular. Vale señalar que en la provincia algunas de las empresas ofrecen ambos servicios, aunque otras lo combina con el cable, que también fue incluido en el Decreto de Nación. "El reclamo se hace fundamentalmente debido al costo del servicio. El usuario busca que se retrotraiga el valor de la tarifa, tal como se especifica", señalaron desde una de las operadoras que trabaja en Río Gallegos. Y en efecto, retrotrajeron el costo previo al incremento que tenía pautado, pese a que había sido anunciado con anterioridad al Decreto de Presidencia, lo que fue un guiño al usuario y en la necesidad de retención del cliente.

¿Qué dice?

En los considerandos, la disposición remarca que durante la gestión de Cambiemos, "mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015 se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las tecnologías de la información y la comunicación".

Y subraya que esa decisión se tomó "abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional".

En ese marco, se recuerda que la Carta Magna "en su artículo 42 establece el deber de las autoridades de proveer a la protección de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados así como a la calidad y eficiencia de los servicios públicos".

Asimismo, se destaca "que el derecho humano al acceso a las TIC y a la comunicación por cualquiera de sus plataformas requiere de la fijación de reglas por parte del Estado para garantizar el acceso equitativo, justo y a precios razonables".

¿Se puede denunciar?

A partir de la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 se suspende, en el marco de la emergencia sanitaria del COVID-19 y de manera excepcional, cualquier aumento o modificación de precios de telefonía móvil y fija, internet y TV paga, desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020. Esta medida, dispuesta por el artículo 4 del citado DNU, se encuentra operativa y no requiere aclaración ni reglamentación alguna. Por lo tanto, los precios vigentes en los servicios hasta fin de año serán los que se cobraban hasta el 31 de julio de 2020. Estos datos no solamente fueron brindados por el DNU, sino que también fueron publicados por el ENACOM, quienes a través de su página web, enseñan el paso a paso de como realizar en caso de ser necesario, una denuncia por incumplimientos.

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