Cristina Lembeye

“No se puede regular un derecho mezclando la religión”

Hasta diciembre, Cristina Lembeye integró la Cámara Criminal de la zona norte santacruceña. Con mirada feminista y hoy activista por los derechos de las mujeres, la ex Jueza contó por qué el aborto tiene que ser legal, seguro y gratuito en la Argentina.

19/07/2018 • 10:06

Por Sara Delgado

Su nombre surgió dentro de la red nacional que integramos periodistas, personas del mundo de la cultura, del ámbito de la Salud o del Derecho, donde la conocen por un fallo con el que desenmascaró la violencia machista cuando se disfraza de emoción violenta. Cristina Lembeye, ya en 2012, cuando el movimiento feminista no lo había copado todo, no dejó que Orlando Ruiz se defendiera con argumentos “sexistas” diciendo que “ella se lo buscó”.

Cristina trabajó en el sistema de justicia penal por más de treinta años, los siete primeros en la provincia de Buenos Aires, los restantes en Santa Cruz, donde fue secretaria de Sentencia, Jueza de Instrucción en Pico Truncado, y luego Jueza de Cámara en Caleta Olivia, donde se jubiló en diciembre del año pasado.

La legalización de la interrupción voluntaria del embarazo es una causa que hace propia, desde un derecho que conoce y quiere que llegue a todas para decidir. Por eso en mayo, participó del grupo de abogadas que firmó para que el proyecto de ley entrará a Diputados.

“Tengo una hija ya adulta y siempre hemos debatido el tema del aborto en casa, con diferentes niveles de profundidad e información dependiendo de su edad”, cuenta y reconoce que siempre estuvo a favor de la despenalización, y ahora de la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo.

Porque “su tipificación como delito no erradicó los abortos, nunca, eso sería fetichismo de la ley; sólo empujó a las mujeres que ya tenían o tienen tal decisión a la clandestinidad, con mejor o peor suerte dependiendo de sus posibilidades económicas. La peor suerte a la que me refiero es lisa y llanamente la muerte”.

Cristina dice que no conoce “a ninguna persona que sea pro aborto. Nadie toma tal decisión alegremente ni como un método anticonceptivo como algunos pretenden hacernos creer. Se toma en la más absoluta intimidad y como último recurso, según las experiencias y relatos que he recogido a lo largo de los años” y por eso “legalizarlo no haría que su número aumente, sólo que quienes lo hagan tengan acceso al sistema de salud para la práctica, asegurando a las mujeres y personas gestantes el derecho a seguir viviendo. Sabemos que muchas de las mujeres que mueren tras realizárselo son pobres o de la clase media baja que dejan hijxs huérfanxs”.

 

Cuando habla de los cerca de medio millón de abortos por año en Argentina, Cristina reconoce que es “una cifra negra, como la de todas las actividades clandestinas” y que aún si la ley sale el 8 de agosto “la ampliación de derechos no obliga a nadie a hacer lo que no quiere, protege a más personas, contrariamente a la privación de derechos”.

En la Cámara de Diputados se discutieron varios proyectos, se manifestaron a favor y en contra más de 700 personas provenientes de diferentes ámbitos, se habló en el recinto durante largas horas también en ambos sentidos y se votó un texto consensuado. “No me parece conveniente que se lo modifique en el Senado. Eso sólo implicaría una dilación”, aclara.

En cuanto a quienes dicen que la ley sería inconstitucional, la ex Jueza advierte que “la propia Corte en el ya muy conocido fallo F.A.L. dijo que el aborto no contraviene la Constitución. Argentina está obligada a cumplir las Convenciones de Derechos Humanos que suscribió; las principales de ellas forman el bloque de constitucionalidad. Y debe cumplirlas en las condiciones de su vigencia, como manda el segundo párrafo in fine del Art. 75 Inc. 22 de la Constitución, eso significa tal y como rigen en el ámbito internacional, incluyendo a las sentencias que interpretan tales instrumentos. Entre esas sentencias está la conocida como "Artavia Murillo" en la que la Corte IDH dijo que un embrión no es una persona y que la ley protege la vida de manera gradual (embrión, feto, persona no nacida, persona nacida), de hecho la cuestión relativa a la reproducción humana asistida se reguló en nuestro país por una ley diferente al propio Código Civil y Comercial, vigente desde agosto de 2015”.

Más aún, “tras el caso conocido como "Belén" (en Tucumán), el Comité de expertos de Naciones Unidas recomendó a Argentina revisar la legislación interna sobre aborto, porque su penalización obliga a la clandestinidad y no garantiza los derechos de las mujeres. Pero he aquí que la protección en el derecho interno argentino siempre fue gradual. No otra cosa puede deducirse que la pena del aborto haya sido, desde 1921, de uno a cuatro años de prisión (art. 85 inc. 2° CP) y no de ocho a veinticinco años (art. 79 del CP), que es la pena del homicidio simple”.

También está el asunto de los “costos” de legalizar el aborto versus la práctica ilegal. “En términos económicos del aborto clandestino (en vidas, en horas de internación en terapias intermedias e intensivas y medicación) como así también que el acceso a la I.V.E. implicaría un costo sensiblemente menor”. 

En definitiva “la ley no obligará a nadie a interrumpir su embarazo. Sólo hará que quienes han decidido hacerlo tengan derecho efectivo a ello. No se puede regular un derecho mezclando la religión que, como la decisión de la I.V.E., pertenece a la intimidad de las personas”. Entonces “la disyuntiva es aborto clandestino o aborto legal”, afirmó.

 

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