Historia y efemérides

Será Justicia: Hoy se conmemora el Día del Abogado

Se recuerda por el nacimiento de Juan Bautista Alberdi. La fecha fue fijada en 1958, por la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

  • 29/08/2019 • 07:58
Hoy los abogados conmemoran su día.
Hoy los abogados conmemoran su día.

Se conmemora que el 29 de agosto de 1810 nacía en San Miguel de Tucumán Juan Bautista Alberdi, jurista, político, diplomático y escritor argentino. Su obra más laureada fue "Bases y Puntos de Partida para la Organización Política de la República Argentina", texto base para la Constitución de 1853.

La fecha fue decidida por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) y comenzó a adoptarse desde 1958 bajo la presidencia de Arturo Frondizi.

Alberdi fue uno de los pensadores argentinos más destacados del Siglo XIX. Fue parte de la “Generación del 37”, que era un grupo de jóvenes intelectuales que se consideraban “hijos” de la Revolución de Mayo, siendo este grupo y el propio Alberdi opositores al gobierno de Juan Manuel de Rosas.

Luego de la Batalla de Caseros, en 1852, escribió su libro más destacado "Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina". La obra fue una de las fuentes de la Constitución Nacional, sancionada al año siguiente.

A partir de 1855 se desempeñó como diplomático en Europa y en 1878 volvió al país para ser elegido diputado nacional representando a la provincia de Tucumán.

Juan Bautista estaba enfrentado a Domingo Faustino Sarmiento y, sobre todo, a Bartolomé Mitre que utilizó las páginas del diario La Nación para desacreditarlo y evitar que ocupe el puesto de Embajador en Francia, cargo al que había sido propuesto por Julio Argentino Roca.

Resistió los abusos y criticó los errores de los gobiernos democráticos. Asimismo, diseñó la arquitectura constitucional de la república y exaltó la armonía entre las naciones. Aunque nunca ejerció la profesión en su país, dejó a los abogados la mejor de las lecciones: Defendió la paz y el sistema republicano, aun al costo de sufrir en carne propia el destierro y las persecuciones.

Mas tarde el presidente, Julio Argentino Roca, lo nominó para ser embajador en Francia, pero por disputas políticas no pasó la aprobación del Congreso, tras esta situación Alberdi decidió marchar al exilio en Francia y el 19 de junio de 1884, a la edad de 73 años, falleció en un suburbio de París.

Un poco de historia

La Federación Argentina de Colegios de Abogados, entidad representativa del foro organizado de la República Argentina, se halla integrada por ochenta y un Colegios y Asociaciones de Abogados de todo el país. Denominada inicialmente ´Federación de Colegios de Abogados´, se constituyó en la Capital Federal el 12 de julio de 1921, a instancias del entonces Presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Manuel B. Gonnet.

El Estatuto de la Federación establece que la institución tendrá entre sus principales objetivos: a) Representar a los Colegios que la constituyen, colaborar con ellos y vincularlos para la mejor realización de sus fines estatutarios, y prestarles su concurso cuando se afecte su existencia o regular funcionamiento; b) Propender a que todos los Colegios puedan tener, mediante su organización legal, la influencia y el control necesarios en el ejercicio de la abogacía y en la composición y desempeño de la magistratura judicial; c) Enaltecer el concepto público de la abogacía y propender a su mejoramiento; d) Propiciar la formación de Colegios de Abogados en los centros forenses donde lo considere conveniente; e) Propender al mejoramiento de la administración de justicia y al progreso de la legislación en todo el país; f) Organizar y participar en reuniones y conferencias relacionadas con los fines que persigue; g) Vincularse con instituciones similares extranjeras, cooperar a la constitución de organismos internacionales e incorporarse a los mismos; h) Afirmar los principios del régimen institucional argentino, velando por el estado de derecho, la división de poderes, la defensa de los derechos y garantías de sus habitantes y la efectiva independencia del Poder Judicial.

 

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