Contra suba de tarifas Una acción civil Leonardo Palacios, profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos, explicó por qué es importante que organizaciones acudan a la Justicia para presentar amparos contra la suba de servicios. No todos pueden interponer un amparo colectivo, como una Junta Vecinal o un diputado. 28/02/2019 • 10:25 Se preparan amparos en todo el país. (Foto Página 12) Detener audio Escuchar La suba de servicios, sobre todo el gas, que impactará en la Patagonia, será un hecho desde abril luego de que ENARGAS publique su resolución. Pero ya se preparan amparos para frenar el tarifazo que implicarán suba de 35% en las facturas bimestrales. Leonardo Palacios, profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar de Plata y de la Universidad de Atlántida Argentina, explicó por qué es importante que el amparo colectivo esté bien confeccionado y quiénes pueden interponerlo en un juzgado federal. -TS: Quitando lo político partidario, cuyas presentaciones en la Justicia se hacen y harán de parte de referentes políticos provinciales, ¿es importante que diversas organizaciones acudan a la Justicia de manera independiente para presentar amparos contra la suba de tarifas? -LP: Es importante que haya esas presentaciones. ¿Qué es lo que sucederá? Bueno, habrá que ver si las presentaciones serán a modo individual o colectivo. Si es colectivo, lo que sucederá es que el primero que se presente concentrará a todos los demás amparos. Por eso es importante que el primero que se presente esté bien confeccionado. Siempre se presentarán después de la resolución (ENARGAS en este caso, por el gas) para así saber qué puntos atacar y obviamente qué cuestiones tratan. -En los últimos por lo menos cinco años, sino son 10 años, aumentaron las acciones civiles. Sí. Han ido en aumento y se ha reglamentado. La Corte reglamentó cómo se tramitarán los expedientes con amparos colectivos -que han ido en aumento- creándose una normativa que permite mejorar el trámite de los expedientes. Para dar un ejemplo, antes alguien lo presentaba en un Juzgado Federal en Viedma y otro en Río Gallegos, y eran trámites a la par y podían tener resoluciones diferentes. Hoy si es para la Patagonia el amparo, la Corte dice que la que la primera demanda que se recibe será la que concentre todo el trámite y así le da mejor tratamiento procesal. Pero primero, (el juzgado) debe aceptar la demanda, y si es colectiva, se juntan todos los trámites. -¿Qué sucede en el caso de que lo presenten Juntas Vecinales? Primero no depende de la cantidad, porque una organización representa a todos los consumidores. En el caso de Juntas Vecinales, les pueden decir que no tiene la representación para actuar, lo que es fundamental. Una Junta Vecinal es difícil que esté constituida como indica la ley, y segundo, si no tiene en su estatuto el objetivo de reclamar por los servicios públicos, el juez no lo va a aceptar porque no es parte de su constitución en Personas Jurídicas. Por eso, lo que pueden hacer es articular con organizaciones de consumidores. -¿Un diputado puede interponer el amparo? Actualmente la Corte discute si un diputado nacional tiene legitimación para interponer un amparo, como es el caso de Felipe Solá y su presentación en contra de un decreto del Ejecutivo nacional. Todo indicaría que sí, pero no está el fallo aún. Aún tendría esta representación la Cámara de Diputados provincial para presentar un amparo colectivo contra las tarifas, porque no tiene la función de representar a consumidores, tiene otra función. El Artículo 43 de la Constitución Nacional dice el afectado, o las organizaciones que “propendan a esos fines”, que son los que pueden presentar amparos colectivos por el consumo, discriminación y medio ambiente. -Es decir, la cámara puede acompañar la presentación. Sí, o un diputado individualmente podría hacer una presentación pero no a título colectivo, porque no se puede arrogar la representación de consumidores. - Sí está habilitado un Fiscal de Estado Sí, o un Defensor del Pueblo podrían hacerlo. UN EJEMPLO: EL RECHAZO DE UN JUEZ CONTRA LA SUBA DE TARIFAS El pasado 19 de febrero, el juez federal de La Plata, Alberto Recondo, rechazó un pedido de medida cautelar que interpusieron intendentes, legisladores, organizaciones sociales y de consumidores para que Edenor y Edesur suspenda el incremento en la energía eléctrica. El Juez expuso que no contaba con “elementos para determinar si la suba de la tarifa eléctrica es confiscatoria o irrazonable respecto de los usuarios residenciales del país”, es decir si la medida debía alcanzar a todo el territorio nacional. “Resulta harto dificultoso sostener prima facie la invocada irrazonabilidad de la tarifa en relación a la totalidad del colectivo que se pretende representar -todos los usuarios residenciales del servicio de luz eléctrica-, por cuanto se evidencia a mi juicio improbable que el esquema tarifario afecte en forma análoga a cada uno de los ciudadanos comprendidos en la clase", argumentó. Sin embargo, el magistrado ordenó a Nación que eleve informes para fundamentar esta suba de tarifa, para allí si evaluar o no si es viable el aumento. (TiempoSur-I Profesional) Temas amparo Tarifazo Lás más leídas en Info General 1 El Gobierno frenó más de 2.000 obras públicas y se agrava el desempleo en la construcción Santa Cruz 2 Cómo impacta el aumento del boleto del colectivo al bolsillo de las familias de la ciudad Santa Cruz 3 La desocupación en Trelew-Rawson es la segunda más alta de la Patagonia Santa Cruz 4 ANMAT prohibió un aceite de oliva: qué marca no hay que comprar Santa Cruz 5 Se realizará la construcción de una granja de algas en Santa Cruz Santa Cruz
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