Continuidad de medidas por la emergencia sanitaria en El Maitén
Resolución conjunta del Ejecutivo y el Legislativo Municipal.
ARTICULO 1.- Prorróguese la aplicabilidad del Decreto Nacional N° 334/21 y
Decreto Provincial N° 355/21, hasta que se dispongan la suspensión de las medidas sanitarias o adopción de nuevas medidas.
ARTÍCULO 2°.- Establézcase el horario de los comercios habilitados por la Municipalidad de El Maitén en la franja horaria desde las 07:00 horas y hasta19:00 horas del día. Se permite servicio de entrega a domicilio para los comercios autorizados expresamente por el Decreto Nacional N°334/21 Decreto Provincial N 355/21 (Rubros Gastronómicos) hasta las 24:00 horas.
Coronavirus: Se registraron dos nuevos fallecidos
ARTÍCULO 3.-
Establézcase la circulación en la vía pública en los términos del Decreto Nacional N° 334/21 y Decreto Provincial N° 355/21, desde las 06:00 hasta las 20:00 horas.
ARTÍCULO 4- RECOMIÉNDESE a la población en general extremar las medidas de prevención, para evitar el contagio de enfermedades respiratorias. Recordamos la prohibición de reuniones familiares.
Articulo 5.-
Solicítese a los medios de comunicación locales la difusión de la medida adoptada en el Ejido Municipal.