Política

Firma de convenio entre MDS y municipalidad de Puerto Santa Cruz

La Ministro de Desarrollo Social de la Provincia, Gabriela Peralta durante la jornada de hoy visitó junto al Gobernador Daniel Peralta, las localidades de Piedra Buena y Puerto Santa Cruz; donde realizaron entrega de aportes a instituciones intermedias y firma de convenio relacionado al bienestar de los Adultos Mayores.

  • 13/10/2015 • 22:22

En el marco de una recorrida por distintos puntos de la provincia, durante la jornada de hoy Gabriela Peralta, Ministro de Desarrollo Social visitó junto al Primer Mandatario Provincial las localidades de Piedra Buena y Puerto Santa Cruz, donde se hizo entrega de aportes a instituciones deportivas, sociales y culturales.

Seguidamente, en el acto realizado en Puerto Santa Cruz, Gabriela Peralta rubricó un convenio entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Intendente Néstor González, a fin de mejorar la calidad de vida de los Adultos Mayores.

Al respecto Gabriela Peralta expresó: “Firmamos un convenio con Néstor González, (Intendente de Puerto Santa Cruz) con el objetivo de asegurar la calidad de atención de los Adultos Mayores, que de manera transitoria o permanente carecen de familia o se encuentran expuestos a situaciones de riesgo y necesitan de un lugar acorde a su situación y atención personalizada, coordinando así la ejecución del Programa de Asistencia a la Ancianidad en el Pequeño Hogar de Adultos Mayores”, destacando que “el MDS tiene como principio la justicia social, por eso continuamos invirtiendo en Políticas de Estado que garantizan el pleno ejercicio de los Derechos de los Adultos Mayores”, finalizó la Ministro de Desarrollo Social de la Provincia.

Cabe recordar que el pasado 05 de Octubre se Reglamentó la Ley N° 2669 de Promoción y Protección Integral de los Adultos Mayores. Dicha Ley tiene como objeto la promoción, protección e integración de los Adultos Mayores a actividades sociales, económicas y culturales, brindándoles apoyo prioritario en todas las circunstancias que puedan generarles riesgo en su integridad y/o salud psico-fisica, propiciando el acompañamiento familiar entendiendo que los descendientes son los primeros obligados, en brindar los cuidados y garantizar los derechos a sus ascendientes; el Estado actuará en carácter subsidiario, garantizando la protección integral de quienes no cuenten con familiares obligados por la ley o en aquellos casos en los que éstos existieran pero no se encontraren en condiciones de hacerlo.