Política

TiempoSur tuvo acceso al borrador de la reforma electoral santacruceña

Después de una semana de dimes y diretes respecto a la existencia del proyecto para ampliar la Ley de Lemas a las categorías de Gobernador y Vice,  TiempoSur  tuvo acceso al borrador que se discute en la Legislatura.

  • 24/11/2014 • 00:00
Este es el borrador de la reforma electoral santacruceña
Este es el borrador de la reforma electoral santacruceña

Durante las últimas semanas el tema excluyente en la coyuntura política del terruño es, sin dudas, la reforma electoral. La posibilidad de ampliar la Ley de Lemas tiene hoy a todo el arco del FVS a favor, a excepción de Martín Paiva y a los cinco del PJ en un tire y afloje entre lo que piensan y lo que se les demanda como gesto de “buena voluntad” para cerrar un año  de reconciliación institucional.

En la discusión parlamentaria, que avanza a puertas cerradas, fueron varios los legisladores que ante la consulta de este diario dijeron no haber tenido contacto con el proyecto, e incluso pusieron en tela de juicio su existencia, todo esto ante la mirada impávida de algunos parlamentarios del Frente que insisten en que el borrador recorrió ya todos y cada uno de los despachos.

TiempoSurtuvo acceso al mismo y, tal como ya lo hemos adelantado, la iniciativa amplía la polémica Ley de Lemas a las categorías de Gobernador y Vice, pero no logró incluir la idea de establecer un piso electoral para los candidatos, atado a la cantidad de electores que existan en cada comunidad.

En su Artículo 1º, el proyecto de Ley sustituye el Artículo 4º de la Ley 2052, modificado por las leyes Nros, 2302, 2438, 2522 y 2604 por el siguiente texto:

“Articulo 4º  para los fines electorales provinciales, municipales o comunales cada Sub-Lema podrá presentar candidatos a Gobernador y Vicegobernador, representantes del pueblo ante el Consejo de la Magistratura , Diputado Provinciales por Distrito, y/o por Municipio, Intendentes o Comisionados de Fomento y concejales municipales donde correspondiere, todo ello en relación al ámbito de actuación territorial en el cual hubiere obtenido el reconocimiento de conformidad con las normas establecidas por la presente ley”.

Seguidamente el artículo aclara que “los ciudadanos afiliados a los partidos políticos que conformen un Lema podrán avalar válidamente dentro de aquel a un Sub-Lema por cada categoría de candidatos” en tanto que “los Sub-Lemas de orden municipal que sean parte de un Lema provincial, sin perjuicio del derecho que aquí se les reconoce a presentar candidatos a diputados por municipio, intendentes y concejales, podrán concurrir con Sub-Lemas, del orden provincial de su mismo Lema”.

En su Artículo segundo, el proyecto que ya tiene las firmas de los diputados Matías Bezi, Leonardo Alvarez, Federico Bodlovic, Rubén Contreras, Darío Galván, Estela García, Claudia Martínez, Oscar Sandoval, Jorge Arabel, Miguel Guanes, Jorge Albreau, Alexis Quintana y Silvio Suárez, establece la modificación del Artículo 5º de la Ley electoral vigente (2052), modificada por las leyes 2302, 2438, 2522 y 2604 por el siguiente párrafo:

“El Gobernador y el Vicegobernador serán elegidos directamente por el pueblo de la provincia de Santa Cruz a simple pluralidad de sufragios. Podrán ser reelectos” mientras que “será electo el Sub-Lema que dentro del Lema más votado obtenga mayor cantidad de sufragios válidamente emitidos a su favor”.