Política

La reforma o “armonización” previsional que nadie quiere discutir en Santa Cruz

A casi tres años de la fallida reforma previsional, la discusión que nadie quiere dar. Después del 29 de diciembre de 2011, y su retiro de la Cámara de Diputados, en marzo de 2012, nadie volvió a plantear la discusión de la reforma previsional que hay que dar para su sustentabilidad en el tiempo. Aumento de edad jubilatoria y tope máximo de haber, entre las controversias.

  • 21/09/2014 • 00:00
Así quedó el frente de la Legislatura, por el rechazo a la reforma jubilatoria en diciembre de 2011. (Foto Archivo)
Así quedó el frente de la Legislatura, por el rechazo a la reforma jubilatoria en diciembre de 2011. (Foto Archivo)

El déficit de la Caja de Previsión Social superaba los $400 millones cuando a fines de 2011 el Gobierno provincial propuso aquella drástica reforma previsional incluida en una declaración de emergencia económica de la provincia, con cambios en la edad jubilatoria, en la cantidad de años de aportes, tope en los montos y aportes adicionales, tanto patronales como personales y en el haber máximo jubilatorio que nadie debería superar, de hasta dos haberes máximos del régimen previsional nacional.
 
El intento de “armonización” con el régimen jubilatorio nacional, el 29 de diciembre de 2011, terminó con enfrentamientos frente a la Legislatura, de donde los diputados debieron salir custodiados y se produjo la ruptura del partido gobernante, con consecuencias para la institucionalidad de los años siguientes. 
 
En este contexto, la provincia denunció hasta el año anterior, una retención por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) de un 15% en el marco del Pacto Fiscal firmado en 1992, que no están ingresando desde diciembre de 2011, con un impacto que oscila los 35 a 40 millones de pesos mensuales. 
 
Desde entonces, no volvió a discutirse la imperiosa necesidad de reforma previsional o denostada “armonización” rechazada por los trabajadores.
 
Desde los sectores políticos y gremiales que la criticaron en tanto, no surgieron más que críticas por la oportunidad en que se intentó dar esta reforma, sin discusión con los trabajadores, que tampoco la reclamaron en lo sucesivo. 
 
Hoy, el déficit presupuestario provincial está planteado en casi $2.000 millones y el gobernador Daniel Peralta lo relaciona directamente con el régimen previsional, y con la necesidad de su modificación, por la gobernabilidad de Santa Cruz. 
 
Los números del presupuesto 2014 confirman la tendencia planteada en el diagnóstico oficial, cuando fue presentado ese proyecto de reforma, finalmente retirado el 8 de marzo de 2012. Que a 2015 se llegará con una proyección de unos 20.000 jubilados y pensionados frente a unos 40 mil activos.
 
Los números actuales son de 17.254 jubilados y pensionados (16.221 jubilaciones y 1024 pensiones), con una vertiginosa proyección de crecimiento, y una planta de personal activo de 30.982 agentes, entre personal de planta y contratados.
 
Modificaciones. El proyecto de Emergencia Económica y Reordenamiento del Estado que el Ejecutivo provincial había enviado a la Legislatura en diciembre de 2011, a quince días de asumir su segundo mandato de la mano del Frente para la Victoria, y con una conformación legislativa renovada, establecía una serie de condicionamientos para minimizar el gasto del Estado y dedicaba todo un título a la reforma de la Ley 1.782 y a la declaración de la emergencia del sistema.
 
Por el artículo 35 del proyecto se modificaba el artículo 53 de la Ley 1.782 que establece los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria, a la edad de 65 años el varón y 60 años la mujer, 30 años de aportes al sistema, en uno o varios regímenes jubilatorios.
 
En el artículo siguiente, un artículo 53 bis, establecía que con el fin de “armonizar” la exigencia de edad para el acceso a la jubilación precitada, “los afiliados al régimen general que cumplieran 54 años de edad el varón y 50 años de edad la mujer, y los afiliados docentes que cumplan 50 años, podrán acceder a la jubilación ordinaria”.
 
Para eso, una vez jubilados, continuarían contribuyendo conforme fuera su régimen jubilatorio con el aporte personal y patronal, no pudiendo percibir un importe inferior al mínimo jubilatorio”.
 
Este aporte extraordinario duraría hasta cumplir la nueva edad fijada, pero luego de cumplida la misma, seguirían aportando el 50% del aporte personal.
 
En el caso del régimen docente, se modificaba el artículo 84, elevando los requisitos para jubilarse a 60 años los varones y 57 años las mujeres. En tanto, los 30 años de servicios se reducirían a 25 años cuando hubiera, al menos 10 años frente al aula.
 
Establecía además cambios al artículo 85, por el cual se fija el haber jubilatorio inicial del personal docente, equivalente al 82% del salario en calidad de docentes al cese.
Para el cálculo del haber inicial jubilatorio se mantendrá el 82% del salario promedio estimado como activo. Pero posteriormente, se establece la actualización del haber, dos veces al año, en marzo y septiembre, cuyo índice se establecerá para el caso de los docentes, del promedio simple de los salarios de los cargos en actividad.
 
Para el caso del régimen general, el índice de movilidad jubilatorio se calculará según la variación de los recursos propios de la Caja de Previsión Social de la provincia y la variación del índice de salarios de la actividad pública provincial, teniendo como tope la recaudación total de la CPS.
 
La emergencia previsional duraría un año, prorrogable por una única vez y por un período igual. El Estado como patronal aportaría un 2% extra sobre todas las remuneraciones de los agentes públicos. Mientras, los trabajadores activos deberían realizar un aporte adicional sobre sus haberes, de manera gradual del 2 al 5% según el salario bruto, a partir de los 5.000 pesos. También para la Policía.
 
En el caso de los jubilados, la norma establecía una alícuota especial que tenía como piso un 3% de los haberes desde de los 4.000 pesos y llegaba hasta el 17% en el caso de los que percibían jubilaciones superiores a los 20.000 pesos.
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