Política

La ministra Peralta reconoció que no se trabajó articuladamente en el caso Abigail

La funcionaria se mostró conmovida por el caso e incluso se puso a disposición de la Justicia, como máximo responsable de las políticas de la Niñez en Santa Cruz.

  • 30/08/2014 • 00:00
La ministra Peralta y un mea culpa poco usual en la dirigencia política.
La ministra Peralta y un mea culpa poco usual en la dirigencia política.

“Hay que hacerse cargo” dijo la ministra de Desarrollo Social, Gabriela Peralta, para quien “el Ministerio, la Municipalidad y la Justicia no trabajaron en conjunto”, de cara a la muerte de Abigail, la beba de siete meses que habría fallecido producto de una presunta golpiza de sus progenitores.
El jueves, a instancias de la apertura de ofertas para la concreción de la Zona Franca, la Ministra le dijo a TiempoSur que, debido a que la Justicia le había enviado una intimación, “no puedo hablar más”. Empero, según pudo conocer este medio, también habrían llegado idénticas misivas a las ONG que opinaron sobre el caso, algo similar a lo que aconteció con el abogado Santiago Pinto.
Comprometida con la situación que, a la luz pública cobró una magnitud en la que se expuso la función de contralor del Ministerio, Peralta informó a través de la radio pública que el miércoles se realizó una presentación judicial, bajo la premisa de aportar documentación a la causa que instruye la jueza María del Valle Quintana.
“Creo que si no todos tenemos el mensaje claro y lo que queremos con respecto a nuestros niños, de esta forma vamos a seguir teniendo desfasajes” reconoció la funcionaria, que desde el comienzo de su gestión articuló la puesta en marcha de las políticas vinculadas a la ley de Protección de la Niñez.
Las declaraciones de Peralta no son azarosas y significan un mea culpa, algo que no abunda en la dirigencia política.
“Nosotros nos presentamos como ente controlador para hacer la presentación de una denuncia formal y penal con respecto a todo lo que tiene que ver con el caso Abigail” relató la Ministra, marcando también que “soy la autoridad máxima de la ley (Nº 3062)”. “Nos presentamos y mostramos cómo fue nuestro sistema pero entendiendo que esto no lo hacemos para deslindar, sino para hacernos cargo de lo que nos toca en todos los estamentos de estos eslabones y también estamos haciendo una presentación a la Municipalidad y a la Justicia respecto a los hogares, porque es muy fácil que nos salgan a decir que desde el Ministerio no se controla a pesar de ser un ente controlador, pero el accionar diario del Ministerio y su equipo es constante y si bien nos están faltando muchísimas cosas pero se está trabajando, se está controlando, se está viendo si se está cumpliendo con lo que el Estado tiene que cumplir y todas las Subsecretarías son conscientes de esto, desde el momento que asumimos”, dijo taxativa.
Es que la Ley Provincial Nº 3062 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que adhiere a la Ley Nacional Nº 26061, dice que el Ministerio de Desarrollo Social de Santa Cruz es la autoridad de aplicación del Sistema de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la provincia.
En efecto, en el capítulo III “Autoridad Administrativa de Aplicación, Organización de Servicios Locales de Protección de los derechos del Niño” en su inciso “N” se establece que es su menester “ejercer la Superintendencia y supervisión de los Servicios Locales (municipales) de Protección de Derechos”, mientras que en el punto “O” aclara que es su obligación “establecer en coordinación con los municipios mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”.
Además, en su artículo 44, la Ley Provincial sancionada en 2009 establece la creación de “una Comisión Interministerial para la Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes” que,  la que, entre otras cuestiones, está obligada a “organizar un sistema de información único y descentralizado que incluya indicadores para el monitoreo, evaluación y control de las políticas y programas de niñez, adolescencia y familia”. Dicha comisión debe estar integrada por los Ministerios de Economía, Gobierno, el Consejo Provincial de Educación y las Secretarías de Derechos Humanos y de Deportes, Recreación y Turismo Social.
Tanto la ley provincial como la nacional comparten que “la omisión en la observancia de los deberes que por la presente corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos, a través de medidas expeditas y eficaces”.
Establece entonces la responsabilidad gubernamental de los organismos que tienen “la responsabilidad indelegable de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas con carácter federal”, marcando que “toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes”.
En el artículo noveno, la ley nacional sostiene también que “la persona que tome conocimiento de malos tratos, o de situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, o cualquier otra violación a sus derechos, debe comunicar a la autoridad local de aplicación de la presente ley” algo que colocaría al pediatra de la menor en una situación compleja, si es que no denunció los maltratos a los que habría sido sometida Abigail, en caso de haberlos constatado.
El artículo 31, en tanto, marca los deberes del funcionario público interviniente, quienes están obligados a tramitar las denuncias “bajo apercibimiento de considerarlo incurso en la figura de grave incumplimiento de los Deberes del Funcionario Público”.
Temas