Info General

Presentación del Certificado de Supervivencia

La Caja de Previsión Social informa a sus beneficiarios que el plazo para presentar su Certificado de Supervivencia rige desde el próximo lunes 5 de mayo al 30 de junio del corriente año.

  • 22/04/2014 • 00:00

Asimismo, el beneficiario que no resida en la provincia de Santa Cruz, podrá confeccionar el Certificado ante Escribano Público o Juez de Paz, el cual necesariamente tendrá que contener la firma del afiliado.
En el caso que el beneficiario esté imposibilitado de trasladarse hacia los lugares autorizados para la realización del trámite, se deberá comunicar esta situación a la Institución, y personal autorizado de la CPS se hará presente en su domicilio. Esta situación no se realizará en las delegaciones de Córdoba y Capital Federal.
Además, el Certificado se encuentra para descargarlo en la página web de la CPS, www.santacruz.gov.ar/previsión. El mismo podrá ser completado con sus datos personales, y sólo puede ser firmado por el titular ante el personal de la Institución o autoridad competente.
Para la realización del trámite, el beneficiario deberá presentarse con los siguientes documentos: DNI, Libreta de Enrolamiento, Libreta Civil, Cédula Provincial o Nacional con fotografía que acredite la identidad del beneficiario. La confección del Certificado no podrá realizarse con el carnet de afiliado a la CPS.
Se recuerda que la no presentación del Certificado de Supervivencia generará la suspensión automática del pago del haber para el mes de agosto del 2014.

Nuevo Sistema
De la misma manera, el Gerente General de la CPS, Raúl Paredes, expresó que a partir de este año, se comenzará a efectuar el Nuevo Sistema de Presentación de Certificados de Supervivencia, en días previamente programados y de acuerdo a la terminación de su número de DNI. Esto será efectivo sólo para la Sede Central en Río Gallegos, ya que cuenta con más 13 mil beneficiarios.
Igualmente, cabe aclarar que aunque el beneficiario no se presente en la fecha predeterminada (que será publicada en los recibos de Haberes del mes de abril), se le realizará el Certificado.
A continuación, presentaremos los respectivos días que tienen que presentarse:
Los días 5, 6 y 7 mayo, los que terminen con 0.
Los días 8, 9 y 12 mayo, los que terminen con 1.
Los días 13, 14 y 15 mayo, los que terminen con 2.
Los días 16, 19 y 20 mayo, los que terminen con 3.
Los días 28, 29 y 30 mayo, los que terminen en 4.
Los días 2, 3 y 4 de junio, los que terminen con 5.
Los días 5, 6 y 9 de junio, los que terminen con 6.
Los días 10, 11 y 12 de junio, los que terminen con 7.
Los días 13, 16 y 17 de junio, los que terminen con 8.
Los días 26, 27 y 30 de junio, los que terminen con 9.

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